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El calvario de los arrendadores

Patricia Lara Salive
19 de febrero de 2021 - 03:00 a. m.

Cuando el domingo vi en el programa Séptimo Día a la señora María Buitrago, en llanto, contando que un tal Renzo Guyún habitaba en su vivienda desde hacía más de un año sin que le pagara un solo peso de arriendo, me dije: “No estoy sola”. Luego, cuando en el mismo programa de TV vi a la señora Sandra Suárez (quien, por supuesto, no es la misma gerente de una revista que de un día para otro se convirtió en una vergüenza) reclamando con desesperación que su inquilino, César Vívenes, un inmigrante obeso con pinta de tinterillo, llevaba ocho meses viviendo gratis en su apartamento, concluí que el calvario que padezco es el mismo de muchísimos colombianos.

Pues bien, mi caso se parece a los de doña María y doña Sandra, pero con algunas diferencias. Por una parte, sus arrendatarios, si bien no les pagaron, ya les liberaron sus viviendas; en cambio el mío, Luis Fernando Bermúdez Rivera —a quien, un año antes de que empezara la pandemia, le arrendé un apartamento que, con la idea de habitarlo un día, compré en Barranquilla, la tierra de mi madre—, vive en él desde hace dos años, ha pagado solamente un mes de arriendo y de administración, y ahí sigue fresco, cual lechuga. Pero, además, como si eso fuera poco, nuestra justicia santanderista ha actuado de una manera tan absurda que parece que se hubiera convertido en su cómplice. Después de que el pasado 4 de agosto el Juzgado 14 de Pequeñas Causas de Barranquilla profirió un auto en que dio por terminado el contrato de arriendo y ordenó que si Bermúdez no entregaba el inmueble voluntariamente se procediera a su lanzamiento, diez días después se echó para atrás y dejó sin efecto la sentencia. El argumento es que el inquilino había alegado que el contrato de arrendamiento de ese lindo apartamento —ubicado en un decimonoveno piso, con dos habitaciones, dos baños, sala-comedor y balcón con vista al río Magdalena, que él usufructúa gratis desde hace 22 meses— indica unos metros más de los que realmente tiene el inmueble, que por supuesto se arrendó como cuerpo cierto.

Aunque mi abogado hizo el alegato pertinente y en noviembre le solicitó al Juzgado que profiriera sentencia anticipada ordenando la restitución del inmueble, por cuanto la causal invocada era mora y el demandado no podía ser escuchado por el juez sin que el inquilino consignara los cánones adeudados, el juez no se ha pronunciado y Bermúdez continúa ahí, feliz, disfrutando de la vista al Magdalena, la piscina y demás comodidades del edificio, sin pagar un peso de arriendo ni de administración.

A propósito del tema que afecta a tantos arrendadores que padecen semejante calvario, la periodista de Séptimo Día entrevistó al ministro de Justicia, Wilson Ruiz. Y su respuesta fue que los jueces estaban desbordados de trabajo y no daban abasto. Pero en el caso que me incumbe el juez, después de proferir la única sentencia posible, retrocedió y se echó más trabajo encima, con lo cual benefició a un inquilino sinvergüenza. ¿Por qué?

***

Dijo un editorial de El Espectador que si la administración Duque dejara un poco “su resistencia a los procesos de paz y su animosidad hacia el presidente pasado, podría ver que Cuba es un aliado útil (…) y dejar de defender tesis extrañas sobre cómo operan los Estados”. ¿Pero qué puede esperarse de un presidente que tomó la pueril decisión de no mencionar por su nombre a su antecesor? ¿Creerá que así borra su existencia?

www.patricialarasalive.com, @patricialarasa

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Martha(25230)20 de febrero de 2021 - 01:53 a. m.
Yo trabajaba en una entidad financiera,el secretario de la oficina que yo gerenciaba embarazó a una cajera, después de mucho trabajo el abogado de la cajera logró demandarlo para que le pasara una miseria, para la manutención del bebé, pagó el primer mes y luego se vanagloriaba de que un tamal y unos cuantos aguardientes lo habían liberado de la obligación, así es aquí.
Usuario(31890)21 de febrero de 2021 - 01:42 a. m.
Verraco el administrador donde vivo: no paga, no entra, si lleva la policía les ha increpado: ¿ Protege usted al delincuente? Cómo policía no tiene que ver en el asunto de franquear la entrada, pués no se le está secuestrando las pertenencias y si es del caso le ayuda a sacar los churros,pero el tipo no entra bajo ninguna circunstancia y en los juzgados de Medellín ganó casos con esta modalidad
Jairo(24834)20 de febrero de 2021 - 01:47 p. m.
Es en estas pequeñas causas donde ve evidencia la la efectividad o inoperancia del Estado. Resolver pequeñas causas como estas ahorran mucho dolor, frustración y dinero a las familias normales. El otro camino de que le queda al ciudadano es acudir a las agresiones, amenazas o co tratar delincuencia para que haga ese "trabajo". Señores Jueces un poco de sensatez y menos papeleo innecesario.
Alexis(59123)20 de febrero de 2021 - 01:29 a. m.
Vaya vaya. Que bueno descubrir que defiende la propiedad privada.
  • Esperanza(85310)21 de febrero de 2021 - 05:46 p. m.
    ??? No entendí nada, a que se refiere?
Bernardo(31155)20 de febrero de 2021 - 01:14 a. m.
(II) D. Es conocido en el ámbito del Derecho que hay Universidades que forman abogados litigiosos (La Libre, la Grancolombia) y otras que forman abogados conciliadores (Los Andes, el Externado). El caso de las relaciones entre arrendatarios y arrendadores sería uno excelente para generar, desde las relaciones bilaterales, juegos donde cada parte actúe sabiendo NECESITA la una de la otra.
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