El costo de los derechos

César Rodríguez Garavito
02 de marzo de 2018 - 03:10 a. m.

Una crítica frecuente contra la tutela es que es costosa: que varios de los fallos más importantes de la Corte Constitucional, como los que protegen a los pacientes pobres o a los desplazados por la violencia, generan gastos que pondrían en peligro las finanzas públicas.

El reparo ha sido recurrente en algunos círculos económicos y gubernamentales, como los que integran la Comisión del Gasto, que propuso que la Corte contrate economistas que calculen el impacto fiscal de las sentencias. El presidente de la Corte, Alejandro Linares, acogió la idea y llamó a la prudencia judicial en materia fiscal, con lo cual reabrió un debate interesante que vale la pena dar en todas sus dimensiones.

Una dimensión que suelen olvidar los críticos de la Corte es que todos los derechos implican gasto, como lo muestran Stephen Holmes y Cass Sunstein en el excelente libro El costo de los derechos. Garantizar la vida, la integridad física o el derecho al voto cuesta tanto o más que proteger la salud de los pobres o proveer ayuda humanitaria para los desplazados. No habría derecho a la vida y la integridad sin los gastos cuantiosos en los aparatos de seguridad, desde el Ejército hasta la Policía y el sistema penal. La democracia no sería viable si no hubiera presupuesto para el sistema electoral.

Para que la propuesta de la Comisión del Gasto sea coherente, el grupo de economistas que plantea tendría que evaluar el costo no de algunos, sino de todos los fallos de la Corte. ¿Cuánto cuestan, por ejemplo, las sentencias que avalan leyes penales que crean nuevos delitos e implican la construcción de nuevas cárceles?

Como lo saben los economistas y los jueces, las decisiones sobre gasto no surgen de un simple cálculo de expertos contables. Dependen de valoraciones morales, políticas y jurídicas, como lo dejan claro los desacuerdos entre economistas y las inconsistencias de los mismos críticos de la Corte. Por ejemplo, ¿por qué el ministro de Hacienda sostiene que las consultas populares ambientales avaladas por la Corte ponen en riesgo el fisco, pero no las consultas internas de los partidos? Ambas son igualmente importantes para la democracia participativa que ordena la Constitución de 1991.

Un último olvido de los críticos es que, si de cálculos fiscales se trata, hay que tener en cuenta tanto los costos como los beneficios de una decisión. El fallo que prohibió la minería en los páramos trae costos tangibles de corto plazo (la pérdida de regalías para el Estado), pero también mayores beneficios cuantificables de corto y largo plazo (la continuidad del suministro de agua para millones de personas). Si la prudencia judicial implica la desprotección del medioambiente, es injustificable aun en términos económicos.

Nada de esto significa que no haya que analizar el impacto de las sentencias. Tampoco que los jueces no deban dialogar con expertos de distintos campos y con la ciudadanía para decidir sobre asuntos complejos de política pública. Así se pueden evitar fallos errados y regresivos, como los que le han ordenado al sistema de salud pagar tratamientos experimentales o costosos medicamentos de marca.

En efecto, hay que hacer cuentas. Pero hay que hacerlas completas.

*Director de Dejusticia.

 

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