Macrolingotes

El Estado de derecho

Óscar Alarcón
08 de octubre de 2019 - 05:00 a. m.

A quienes pretenden marchar hoy para desconocer un organismo como la Corte Suprema de Justicia, bueno es recordarles lo que es un Estado de democracia clásica, o Estado de derecho. En estos se pretende resolver, mediante la identificación lo más perfectamente posible, quiénes son gobernantes y quiénes gobernados. El problema es conciliar la libertad de cada uno con la libertad de todos. Como las funciones gubernativas no pueden asumirse directamente por todos los ciudadanos, nace entonces la democracia representativa.

Como es imposible la unanimidad de las decisiones, se ha adoptado el principio de la mayoría, conciliado con una amplia tutela de los derechos de las minorías, lo cual se logra mediante varias instituciones, típicas del Estado de derecho, tales como:

—Pluralidad de órganos constitucionales y aceptación de la teoría de la división del poder. Aquí están las cortes, cuyas decisiones y fallos deben ser acatados y respetados por todos los ciudadanos;

—Constitución rígida y control de constitucionalidad de las leyes ordinarias;

—Un parlamento electivo, generalmente bicameral, donde se de una adecuada representación de las minorías y capaz de influir sobre la dirección política general;

—Una extensa tutela jurisdiccional de los derechos públicos subjetivos, especialmente de libertad civil;

—Una amplia descentralización administrativa y autárquica que a veces concluyen en forma de regionalismo, autonomía o federalismo.

El principio jurídico en el que se basa esta forma de Estado puede sintetizarse en el aforismo: “Gobierno de la mayoría con respeto a los derechos de la minoría”. Pero también hay en estos regímenes dos principios positivos que se combinan: la libertad y la igualdad. Así pues, las decisiones jurisdiccionales deben ser acatadas por todos, así pierdan el juicio… y terminen en un manicomio.

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