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El ingreso mínimo vital

Cristo García Tapia
04 de junio de 2020 - 05:00 a. m.

Más que una conquista, cuanto se alcanza con la aprobación del ingreso mínimo vital (IMV) en cualquier país democrático es la reivindicación de un derecho social por parte del Estado para reducir las desigualdades que pesan, sobremanera, en los grupos más vulnerables de la sociedad.

Hacia allá, y arrastrado por las crisis de variada índole cada vez más apremiantes que recorren al mundo, hacia la materialización de los derechos sociales, políticos y económicos de los conglomerados humanos que lo conforman, se encaminan las democracias liberales y su brazo político y jurídico por excelencia, el Estado.

Y no, por una revolución que lo reemplaza por otra instancia de poder político e instituciones como ha ocurrido en otros momentos de la historia, sino convocando y sumando su inconmensurable capacidad y poder y la de las distintas fuerzas productivas, especialmente la del capital y los trabajadores, que en su conjunto hacen posible todos los procesos generadores de bienes, capital, riqueza, oferta y demanda, rentas e impuestos, del mismo modo que en grado sumo lo hacen la educación, la ciencia e investigación, la cultura y la tecnología.

Dentro de esos contextos y gracias al crecimiento exponencial del capital y sus réditos, es apenas legal y equitativo que el Estado procure y haga posible irradiar la riqueza, que no despojar, hacia los sectores más vulnerables de la sociedad, especialmente aquellos que carecen de lo básico para sobrevivir: comida, vivienda, servicios básicos sanitarios y de salud, educación y uno vital: empleos dignos y justamente remunerados que dinamicen la demanda continua de bienes que producen las empresas y el capital.

Independiente del estadio del desarrollo en el cual se encuentre el país que reivindica estos derechos para sus ciudadanos, el Estado siempre va a tener y detentar la capacidad y la potestad para hacerlos reales, además de los medios y recursos que su puesta en marcha demande para la solución radical de las disparidades aberrantes que hoy hacen mella en vastos núcleos humanos a nivel global. Ni más ni menos, el Estado de bienestar al que tienden cada vez más países en el contexto de la democracia como sistema de gobierno.

Entre tanto, con urgencia manifiesta y con creces justificado en la pandemia del COVID-19, debe nuestro Congreso de la República asumir la expedición de la ley correspondiente que de curso al ingreso mínimo vital, que disponga una renta mínima legal por familia u hogar en situación de vulnerabilidad e ingresos mínimos para subsistir, la cual podría tasarse inicialmente en un salario mínimo mensual legal, (1 SMML), en la cual se incluya todo tipo de subsidio que actualmente reciban de manera permanente esos núcleos poblacionales en Colombia.

A manera de ejemplo y guía para tan plausible reivindicación en materia de derecho sociales, me remito, y a los interesados, a España, país que, mediante un real decreto en vigencia desde el 1° de junio, fija el IMV en un rango de entre 465,5 y 815 euros/mes, con la finalidad expresa de llegar inicialmente a 850 mil hogares vulnerables y sacar de la pobreza extrema a 1,6 millones de personas, habida cuenta que España tiene actualmente una tasa de pobreza severa por el orden del 12,4% de su población, la cual pretende reducir para aproximarse a la media de la Comunidad Europea.

A la honorable senadora Ana María Castañeda, de Sucre, doy traslado de esta iniciativa de histórico alcance en materia de derechos sociales en Colombia.

¡Adelante!

* Poeta.

@CristoGarciaTap

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