¿Estado de Opinión Judicial?

Luis Felipe Henao
12 de agosto de 2019 - 05:00 a. m.

Una de las principales conquistas de la revolución francesa fue el respeto del principio de legalidad. Previamente, los jueces designados por el rey actuaban de manera arbitraria sin más límites que la voluntad de un soberano que les daba órdenes de decapitar y colgar a cualquier persona. Tuvo que existir una revolución en toda Europa y derrumbarse decenas de reyes e imperios para llegar a una sencilla expresión: los jueces solo son la boca de la ley (y hoy de la Constitución y de la ley), porque más allá de ello reinaría la arbitrariedad. 

Hoy en día la influencia de los medios y las redes sociales están generando un fenómeno muy curioso: muchos jueces no son la boca de la ley ni de los reyes, sino de un Estado de Opinión artificial. La popularidad seduce a muchos funcionarios judiciales que lejos de la mesura y prudencia de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Oro, son amantes de las ruedas de prensa y las entrevistas. Esta situación no solamente los vuelve famosos, sino que los hace no correr riesgos con sus decisiones, pues si ya la “opinión” ha adoptado decisiones es más fácil seguir la corriente en vez de cumplir la ley.

En el arbitramento de Ruta del Sol, lejos de la sobriedad y concreción que caracteriza a la justicia arbitral, los tres autores del laudo expidieron una decisión gigantesca de 699 páginas que se ha publicitado mediante ruedas de prensa y declaraciones ante los medios. Si en Colombia no hubiera derecho ni Constitución, ni seguridad jurídica, la tesis del fallo parece razonable: declarar la nulidad de un contrato por la existencia de sobornos en su obtención para que los recursos de todos los colombianos no se vayan en el pago de una obra corrupta. Sin embargo, el fallo incurre en dos graves yerros. En primer lugar, se está afectando a terceros de buena fe que no tuvieron ninguna relación con las actuaciones de Odebrecht. En segundo lugar, al contrario de otras obras que nunca se hicieron, en este caso se ha construido más del 52 % de la vía y por lo tanto declarar su nulidad es hacer como si cientos de kilómetros no existieran, es como taparse los ojos ante una realidad evidente.

Este fallo desconoce un principio esencial del derecho que es el de la responsabilidad individual y, aprovechando la marea mediática de la situación, terminó generando un efecto dominó en proveedores, trabajadores y financiadores de la obra, lo cual hará que miles de inversionistas de todo el mundo piensen dos veces antes de invertir en una proyecto público en Colombia.

En todo caso, todavía hay esperanza de jueces con los pantalones suficientes para no seguir la corriente mediática. La decisión de la juez del caso de los hermanos Uribe Noguera demuestra que hay jueces que no juegan el juego y que no les importa ser impopulares. Más allá de las atrocidades cometidas por Rafael Uribe Noguera que merecieron un castigo de 58 años de cárcel, condenar a sus hermanos cuando fueron ellos mismos quienes lo llevaron a la justicia hubiera sido una injusticia absoluta, pese a todas las expresiones sin fundamento que se emiten en las redes sociales.

Lo último que le faltaba a este país polarizado y con odios viscerales es una justicia que se deje llevar por un “Estado de Opinión” que no es más que una invención derivada de unas agendas que hoy en día atienden al populismo y no al interés público.

 

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