Un convenio entre la Alcaldía de Quibdó y la Federación de Asociaciones de Municipios de Colombia permitió que agentes de tránsito y transporte puedan regular el tráfico vehicular en las calles de la capital del departamento del Chocó. Una noticia que parece muy positiva. Sin embargo, una revisión cuidadosa demuestra todo lo contrario.
Vamos por partes.
El pasado 5 de octubre de 2020 el secretario de Movilidad de Quibdó, Berlintong Cuesta Salas, hizo el anuncio formal que establece que, gracias a un convenio con la Fedeasomunicipios, después de 30 años regresará el control del tráfico de la ciudad. “Hay mujeres, hay chocoanos, hay de Cali, hay de Medellín, hay de todas las ciudades porque colaborar en el tráfico no tiene ciudad, sino que es importante la capacidad y empeño que puedan colocarle a esto”. (Ver Convenio)
El convenio está firmado por el director ejecutivo de Fedeasomunicipios, el señor Eusebio Abad Jaramillo Londoño, quien en el pasado fue director de la Asociación de Municipios del Aburrá Norte (Asoman). Ambas entidades son de carácter privado.
El señor Jaramillo Londoño ha intentado hacer el mismo convenio, algunas veces de manera exitosa, para manejar presupuestos públicos y poner agentes de tránsito por medio de Asoman y de Fedeasomunicipios. Esto lo hizo en otros lugares como Bello, Copacabana, Girardota y Barbosa.
Ahí está el problema.
Según lo establece la ley 1310 de 2009, la cual fue declarada exequible por la Corte Constitucional mediante sentencia de ese mismo año, los agentes de tránsito y transporte son “empleados públicos investidos de autoridad para regular la circulación vehicular y peatonal, vigilar, controlar e intervenir en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en cada uno de los entes territoriales”.
Igualmente, el artículo puntualiza que los grupos de control vial o cuerpos de agentes de Tránsito son: “empleados públicos investidos de autoridad como agentes de tránsito y transporte vinculados legal y reglamentariamente a los organismos de tránsito y transporte”.
Entonces, teniendo claro este precepto normativo, es un hecho que estos son empleados públicos. Y para ejercer su función primero deben estar nombrados en carrera administrativa después de ganar concursos de méritos y posesionarse mediante actos administrativos, más no vinculado por un contrato de trabajo o de prestación de servicios.
Lo que es evidente es que esta no es una tarea que se pueda desarrollar sin los requisitos legales de empleados públicos, y menos por asociaciones privadas que se adueñan de los presupuestos municipales y locales.
Esto está regulado y es ilegal que este personal subcontratado o tercerizado actúen como agentes de tránsito y transporte, dado que esas personas, al no ser empleados públicos, no pueden solicitar documentos oficiales a los ciudadanos, portar uniformes con características oficiales o poner comparendos o multas que terminan en el erario.
Pero como dijimos, esto es una práctica irregular conocida del señor Jaramillo Londoño por su labor con Asoman.
El 14 de julio de 2009 el Ministerio de Transporte le dirigió una carta en la que le señala el sustento jurídico en los pronunciamientos del Consejo de Estado. Allí dice que “no pueden contratar particulares, ya sean personas naturales o jurídicas para el ejercicio de las funciones de agentes de tránsito”. (Ver Carta)
Esto puesto que Asoman, al igual que Fedeasomunicipios, son organismos privados que no están legalmente autorizados para ser autoridades de tránsito y que ni siquiera tienen página web sino unas páginas en Facebook. (Ver Información)
Pese a estas alarmas y ser claramente irregular, la alcaldía de Chocó firmó ese convenio con el ente privado sin sonrojarse y anunciándolo con bombos y platillos, entregando recursos del erario a estos particulares. Peor aún, subcontratando y tercerizando la labor de control del tránsito y transporte.
Aunque es esencial que Quibdó, al igual que otras ciudades y municipios, tengan agentes de tránsito, la verdad es que la ley no se puede tercerizar y la autoridad no se puede subcontratar.
@yohirakerman; akermancolumnista@gmail.com