Rabo de ají

Justicia a muerte

Pascual Gaviria
12 de febrero de 2020 - 05:00 a. m.

El proceso de desmovilización de los paramilitares tiene variadas extravagancias. Según Ernesto Báez, hubo más de 12.000 colados que pasaron por combatientes; según el Centro Nacional de Memoria Histórica, entre 2003 y 2005, tiempos de cese al fuego, los paras asesinaron a más de 2.500 personas apretando tuercas y ajustando cuentas del proceso; según el Gobierno de Iván Duque, hasta mediados del año pasado 2.202 desmovilizados habían sido asesinados, eso es un poco más del 7 % de todos los que se anotaron en las actas de Luis Carlos Restrepo. Pero tal vez la mayor de las anomalías del proceso de desmovilización de los paras subsiste en los juzgados y las salas de audiencia de Justicia y Paz, casos eternos que han comenzado a enterrar a los acusados, de modo que las sentencias aún no están en firme cuando los procesados ya están en tierra.

En un principio, Justicia y Paz pretendió atender a cerca de 5.000 postulados que debían responder ante los jueces de una justicia interminable. Al final, por abandono del proceso y por decisiones judiciales, los comparecientes fueron 2.378, un poco menos del 10 % de los desmovilizados. En 2005, la jurisdicción de Justicia y Paz publicó sus primeras decisiones administrativas y comenzaron los procesos. La pretensión de avanzar hecho a hecho ha logrado que en términos de tiempo y sentencias la justicia especial haya resultado muy ordinaria. Seis años después de la firma de la Ley 975 que creó la jurisdicción, quedó en firme el primer fallo luego de que la Corte Suprema confirmara la condena contra Diego Vecino y Juancho Dique por la masacre de Mampuján.

Las sentencias proferidas en 15 años apenas pasan de 50 y cubren escasamente a 200 postulados. No hay duda de que Justicia y Paz ha aportado verdades sobre el paramilitarismo, aunque las consecuencias para terceros y militares que apoyaron el desangre han sido menores. En las sentencias proferidas hasta ahora, han sido señalados 389 policías y militares y 187 “empresarios” que deben ser investigados y juzgados por la justicia ordinaria. Esas menciones no significan procesos en trámite. Tal vez los más de 9.000 cuerpos exhumados por testimonios de exparamilitares sean el mayor aporte a la verdad y a las víctimas.

Luego de la desmovilización, la Ley 975 dejó claros dos plazos claves para la aplicación de justicia y la reinserción. Ocho años como pena máxima para los condenados en la jurisdicción especial y la mitad del tiempo de condena como “libertad a prueba” en el proceso de reintegración. Hoy en día muchos de los postulados cumplieron su pena, cumplieron su etapa de acompañamiento y siguen en juicio. Ramón Isaza, por ejemplo, tiene una condena en firme que ya pagó y sigue atendiendo un proceso por más del 85 % de los hechos que lo vinculan a Justicia y Paz. Muy seguramente correrá la misma suerte de Ernesto Báez y no le alcanzará la vida para terminar su juicio. La paradoja de este sistema es que el proceso terminó siendo la verdadera condena, de modo que la forma, o sea el juicio, es más gravosa que el fondo, o sea la pena. Muchos de los procesados hoy en día tienen trabajos legales y han cumplido con las condiciones de reintegración, pero cuando reclaman algo de celeridad para poder seguir llevando una vida en la legalidad encuentran respuestas de este tipo: “Si le parece muy largo el proceso y no le gustan los aplazamientos, entonces vuelva a la cárcel, allá no tiene que pagar servicios ni transporte”.

Al parecer eran más importantes las lecciones de Justicia y Paz que las objeciones a la Justicia Especial para la Paz (JEP).

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