La responsabilidad de los partidos

Antieditorial
23 de enero de 2017 - 02:00 a. m.

La editorial de El Espectador titulada “La responsabilidad de los partidos políticos”, en relación a la condena contra el exgobernador de La Guajira, en especial hace una crítica al aval otorgado por el partido Cambio Radical a éste para ser elegido.

Por David Jiménez

Sin embargo, el problema es más profundo para debatir.

En la historia reciente se dan múltiples casos de procesos de nulidad de elección de personas que son elegidas violando el régimen de inhabilidades e incompatibilidades ante tribunales administrativos y el Consejo de Estado, y en muchos casos se deben repetir las elecciones. Lo anterior tiene un costo que asume el Estado a través de la Organización Electoral por la responsabilidad de los partidos políticos en otorgar avales a candidatos incursos en inhabilidades e incompatibilidades.

Por otra parte, por los candidatos que en ejercicio del cargo o posteriormente a su mandato son condenados por delitos contra el patrimonio del Estado o corrupción o por relaciones con organizaciones criminales, ¿quién responde políticamente? Ningún directivo de ningún partido político responde, se amparan en la buena fe y dicen que para el momento de otorgar el aval la persona no tenía ninguna condena. Es obvio, un condenado excepto por delitos políticos no puede aspirar a cargos de elección popular.

El debate actual por parte de los partidos políticos y sus bancadas parlamentarias es una reforma que pretenda dar mayor responsabilidad política y económica a los partidos políticos. Por ejemplo, que cuando a un candidato le declaren la nulidad de la elección, éste devuelva los dineros recibidos por la reposición de votos y que el partido que lo avaló reciba una multa pecuniaria. A su vez, para los condenados por delitos de corrupción o por relaciones con organizaciones criminales, que los partidos políticos que los avalaron sean multados.

A la vez, se debe otorgar una sanción a los directivos de los partidos políticos que otorgan avales a candidatos que terminan en una nulidad de la elección o condenados por delitos de corrupción o por relaciones con grupos armados, una inhabilidad para aspirar a cargos públicos o contratar con el Estado o, si se encuentra en ejercicio de funciones públicas, una sanción por un año.

Adicionalmente se les debería prohibir a los partidos presentar o avalar candidatos en las circunscripciones donde a sus candidatos cuestionados les declararon la nulidad de la elección o fueron condenados por corrupción o actividades criminales por una vez. Si esto estuviera incorporado en el régimen de partidos y movimientos políticos en el pasado, el Polo Democrático no hubiera podido presentar candidatos a las elecciones de Bogotá de 2012. Las reformas políticas de 2003 y 2009 y la ley estatutaria de los partidos, 1475 de 2011, se quedaron cortas en sancionar a los partidos y a sus directivas.

Mientras no se los sancione económicamente por sus avales y no se busque una inhabilidad o sanción a los directivos de los partidos políticos, éstos seguirán siendo irresponsables políticamente ante los electores y la sociedad. 

hdjimenezp@gmail.com

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