Notas de buhardilla

Paso en falso

Ramiro Bejarano Guzmán
02 de febrero de 2020 - 05:00 a. m.

Elegir magistrados no es tan simple como parece ni es un asunto que se limite solamente a los togados de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Judicatura, hoy Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ).

¿Por qué, desaparecida la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo de la Judicatura, dos de sus antiguos magistrados siguen en sus cargos, ajustando ya casi 12 años en el ejercicio de los mismos ? La culpa no es realmente de esos magistrados, ni del Consejo de la Judicatura, sino del sistema y en particular del Congreso y el Gobierno.

En efecto, el Acto Legislativo 2 de 2015 modificó los artículos 231 y 257 de la Constitución, estableciendo como requisito para ser magistrado de la Corte Suprema, el Consejo de Estado o la CNDJ que la elección se realice previa convocatoria pública reglada. Es decir, hoy no puede ser magistrado sino quien se haya sometido a una convocatoria pública, cuyas bases solamente pueden ser definidas por una ley estatutaria aprobada en dos legislaturas por el Congreso. En otras palabras, mientras no se tramite y expida una ley estatutaria que defina las bases y requisitos de esa convocatoria pública, legalmente nadie puede ser designado magistrado de la Corte Suprema, ni el Consejo de Estado, ni de la CNDJ.

En plata blanca, eso significa que, desde 2015, cuando se expidió el acto legislativo, los magistrados elegidos tienen que haber agotado un procedimiento de convocatoria pública, y mucho me temo que ninguno de quienes han sido nombrados en estos casi cinco años de vigencia del nuevo artículo 231 de la Carta Política han cumplido este requisito.

¿Cómo han sido nombrados desde 2015 los magistrados de la Corte Suprema y el Consejo de Estado, si todavía no se ha expedido la ley estatutaria que reglamente la convocatoria pública? La preocupante conclusión es que esos togados habrían llegado sin el lleno de los requisitos constitucionales y, por tanto, la legalidad de sus designaciones podría estar severamente comprometida.

La incertidumbre que hoy sacude a la Corte Suprema tampoco es ajena a esta situación, pues ninguno de los aspirantes a llenar las siete vacantes pendientes ha surtido un proceso de convocatoria pública reglada, por la sencilla razón de que no se ha expedido la ley estatutaria que le dé vida a la misma.

La solución a tan grave problema no es la acuñada por el Consejo de Estado para nombrar a los magistrados de la Comisión de Disciplina Judicial mediante un procedimiento que ignore o prescinda de la convocatoria pública, lo que ya fue declarado ilegal, sino la de que el Gobierno impulse en el Congreso la ley estatutaria que reglamente lo que hoy se echa de menos.

Mientras no haya ley estatutaria no habrá reglamentación de la convocatoria pública y continuará incumpliéndose el mandato de los artículos 231 y 257 de la Carta, por lo cual todos los nombramientos de magistrados como se vienen realizando podrían ser nulos.

El país judicial no parece haber tomado conciencia de la necesidad de la reglamentación de la convocatoria pública para designar magistrados, pues las polémicas hoy se enderezan contra los dos togados de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Judicatura que sin su culpa permanecen en sus empleos y contra la Corte Suprema de Justicia por no poder proveer reemplazos a las vacantes. Lo cierto es que si se nombran los magistrados de la CNDJ o los reemplazos en la Corte Suprema de Justicia, como lo reclaman con ardentía algunos, ese podría ser un paso en falso, pues esos nombramientos podrían ser espurios, como lo serían todos los que se han hecho desde 2015 en adelante.

La solución no es nombrar magistrados para que después esas designaciones se caigan por ilegales. Peor el remedio que la enfermedad. Hay que expedir cuanto antes la ley estatutaria que reglamente los artículos 231 y 257 de la Carta Política y establezca la convocatoria pública para nombrar togados.

Adenda. A Francisco Barbosa como constitucionalista le fue muy mal en la Corte Constitucional con las objeciones a la JEP, pero peor le fue como historiador con su cuento de los “padres fundadores”. Ojalá mejore su suerte en la Fiscalía.

notasdebuhardilla@hotmail.com

 

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