¿Por qué los militares no deben votar?

Uriel Ortiz Soto
18 de marzo de 2020 - 05:00 a. m.

El artículo 216 de nuestra Constitución dice muy claramente: “La Fuerza Pública estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional”.

El artículo 219 en sus inicios dice, de la misma forma: “No podrá ser deliberante”, lo que quiere decir que no podrá participar en reuniones, salvo para tratar casos de su competencia.

La democracia en nuestro país, especialmente desde la época en que se dio paso al Frente Nacional —sistema de gobierno compartido—, viene siendo sostenida, antes y después, por la Fuerza Pública, fiel a los principios democráticos emanados de la Constitución Política.

Considero que para institucionalizar el voto de los militares se requiere empezar por reorganizar los partidos y movimientos políticos con personería jurídica; posteriormente, presentar la reforma política al Congreso de la República, donde se incorpore el derecho de los militares al voto bajo unas condiciones que no lesionen la ética, la unidad de mando y el manual de disciplina militar.

En los actuales momentos, Colombia no está preparada para permitir que los miembros de la Fuerza Pública puedan ejercer su voto. De permitirlo, se perdería la unidad de mando y los estamentos militares pasarían a ser deliberantes y trampolines políticos de los caciques de turno.

Empezando porque en nuestro país no existen partidos políticos serios, debidamente organizados, que en un momento dado puedan garantizar a los colombianos que los uniformados ejerzan el voto con verdadero sentido de transparencia, sin descuidar sus funciones militares.

Para ejercer el derecho al voto, primero hay que pasar por ser deliberantes, es decir, participar en reuniones políticas y demás gestas democráticas, como afiliarse a determinado partido o movimiento.

La unidad de mando de la Fuerza Pública reside en la majestad que tiene de salvaguardar la vida, honra y bienes de los ciudadanos, defendiendo la soberanía nacional y sus instituciones democráticas, reguladas por el Estado de derecho.

Para votar hay que empezar por ser deliberante. Cuando se entra en este plano, la unidad de mando en los estamentos militares empieza a resquebrajarse, se pierde el principio de autoridad y control de quienes exigen sumisión y obediencia a sus subalternos, de conformidad con el manual de ética militar.

La Fuerza Pública, conformada por los tres estamentos militares —Ejército, Marina, Fuerza Aérea— y por la Policía Nacional —como cuerpo civil armado—, tiene la patriótica misión de defender las instituciones democráticas, legalmente constituidas.

Se escucharon rumores de que muy posiblemente el Centro Democrático presente un proyecto de ley sobre el voto universal, donde se dé igualdad de derechos a los miembros de la Fuerza Pública.

Sobre este particular hay que ser claros: a partir del 1932, los miembros de la Fuerza Pública quedaron excluidos del voto, lo que dio paso a la construcción de una jerarquía militar más sólida, con unidad de mando bien consolidada y, como lo dice el artículo 219 de la Constitución Política, no deliberante.

Permitir que la Fuerza Pública, en las actuales circunstancias, participe en gestas democráticas es ni más ni menos que volverla deliberante; es apenas obvio que quien va a depositar el voto en las urnas primero tiene que participar en reuniones políticas y partidistas para finalmente decidir por quién va a votar.

En este orden de ideas, se estarían abriendo las puertas de la participación política a la Fuerza Pública y los estamentos militares perderían la majestad de ser los pioneros para salvaguardar las instituciones, tal cual lo consagra la Constitución Política de Colombia.

En conclusión, no podemos echar por la borda lo que, con tanto sacrificio y trabajo, ha construido la Fuerza Pública y, al mismo tiempo, quienes han ocupado honestamente cargos por elección popular, que indudablemente se verían atomizados por los vaivenes de la politiquería y la corrupción.

urielos@telmex.net.co

 

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