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                                                                                                                              Consulta Popular en Tibú, más difícil de lo pensado

                                                                                                                              Aunque el vicepresidente planteó esa iniciativa para que el pueblo diga si está o no de acuerdo con bloqueos, no es un procedimiento tan sencillo.

                                                                                                                              El Espectador

                                                                                                                              El proceso para llegar a una consulta popular no es tan sencillo como en la Vicepresidencia de la República se pensó a propósito del caso de la crisis social en el Catatumbo.

                                                                                                                              Luego de que el vicepresidente Angelino Garzón planteara una consulta popular en Tibú (Norte de Santander) para saber si el pueblo está o no de acuerdo con los bloqueos, desde la Registraduría Nacional del Estado Civil se hicieron varias precisiones.

                                                                                                                              Primero, en la consulta popular, el gobernador o el alcalde deben solicitar a la asamblea, al concejo o a la junta administradora local, un concepto sobre la “conveniencia” de la consulta de carácter departamental, municipal o local.

                                                                                                                              Si el concepto resulta desfavorable, el gobernador o el alcalde no podrán convocar la consulta. “El texto de la consulta se remitirá al tribunal contencioso administrativo competente para que se pronuncie dentro de los 15 días siguientes sobre su constitucionalidad”, señala la normatividad sobre el caso.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Y aunque Garzón propuso que la consulta sea en los próximos días, en la ley se establece que la votación se realizará dentro de los dos meses siguientes a la fecha del pronunciamiento del concejo municipal.

                                                                                                                              Decisión del Pueblo

                                                                                                                              La decisión tomada por el pueblo en la consulta, será obligatoria. Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores del censo electoral local.

                                                                                                                              El proceso para llegar a una consulta popular no es tan sencillo como en la Vicepresidencia de la República se pensó a propósito del caso de la crisis social en el Catatumbo.

                                                                                                                              Luego de que el vicepresidente Angelino Garzón planteara una consulta popular en Tibú (Norte de Santander) para saber si el pueblo está o no de acuerdo con los bloqueos, desde la Registraduría Nacional del Estado Civil se hicieron varias precisiones.

                                                                                                                              Primero, en la consulta popular, el gobernador o el alcalde deben solicitar a la asamblea, al concejo o a la junta administradora local, un concepto sobre la “conveniencia” de la consulta de carácter departamental, municipal o local.

                                                                                                                              Si el concepto resulta desfavorable, el gobernador o el alcalde no podrán convocar la consulta. “El texto de la consulta se remitirá al tribunal contencioso administrativo competente para que se pronuncie dentro de los 15 días siguientes sobre su constitucionalidad”, señala la normatividad sobre el caso.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Y aunque Garzón propuso que la consulta sea en los próximos días, en la ley se establece que la votación se realizará dentro de los dos meses siguientes a la fecha del pronunciamiento del concejo municipal.

                                                                                                                              Decisión del Pueblo

                                                                                                                              La decisión tomada por el pueblo en la consulta, será obligatoria. Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores del censo electoral local.

                                                                                                                              Por El Espectador

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