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                                                                                                                              Minvivienda radica proyecto de ley 'anti-Space'

                                                                                                                              La iniciativa, presentada en el Congreso, busca asegurar la calidad en la construcción en Colombia.

                                                                                                                              El Espectador

                                                                                                                              Luego de socializar con mandatarios locales, constructores, aseguradores y otros gremios de la producción el proyecto de ley que busca evitar que se repitan casos como el del Edificio Space en Medellín, el ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao, radicará en el Congreso de la República, el documento que contempla medidas como la exigencia de pólizas obligatorias para proyectos de vivienda nueva, supervisión técnica independiente de proyectos, certificación técnica de ocupación e incompatibilidades e inhabilidades para los curadores urbanos.

                                                                                                                              Con el apoyo de los congresistas, el ministerio espera que tanto el constructor como el enajenador estén obligados a adquirir un seguro que cubra a los propietarios y a los terceros que se vean afectados en el evento en que la edificación perezca o amenace ruina como consecuencia de las deficiencias en: construcción, suelo, materiales, o diseños.

                                                                                                                              El proyecto de Ley también plantea una supervisión técnica de proyectos con la cual se eliminan todas las excepciones que permitan que los municipios o curadores autoricen a los constructores para que ellos mismos controlen la ejecución de las obras.

                                                                                                                              La supervisión será independiente, externa y reportará directamente a la compañía aseguradora, lo cual dará mayor exigencia en la supervisión de la obra, que entre otras funciones controlará la construcción, la bitácora de obra, control de materiales, control sobre planes de diseño, etc. Esto definitivamente eliminará el yo con yo en este tipo de procesos.

                                                                                                                              Los profesionales que realicen labores de revisión de estudios y supervisión técnica estarán sujetos un régimen de incompatibilidades, es decir, los supervisores no podrán ser socios, los predios no pueden pertenecerle a parientes hasta en el 4 grado de consanguinidad o segundo de afinidad y no podrán tener relación contractual o intereses comerciales de cualquier naturaleza en el proyecto específico y quien incumpla las medidas será sancionado por los Consejos Profesionales de Arquitectura e Ingeniería.

                                                                                                                              Dentro de este punto se propondrá de un registro único nacional de profesionales acreditados para adelantar labores de diseño, revisión o supervisión.

                                                                                                                              Como una tercera medida se espera la creación de una certificación técnica de ocupación que se expida bajo la gravedad de juramento, por el supervisor técnico independiente de cada proyecto, en el cual hará constar que la obra cumplió con todas las especificaciones técnicas y de diseño y puede ser habitable.

                                                                                                                              Esta disposición una vez avalada se anexará a las actas de supervisión y deberá protocolizarse mediante escritura pública que se inscribirá en el folio de matrícula inmobiliaria del predio. Para los titulares de licencias de construcción y constructores que permitan la ocupación de las edificaciones sin este requisito serán objeto de multas sucesivas mensuales de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

                                                                                                                              El proyecto de ley también prevé incompatibilidades e inhabilidades para los curadores urbanos y además serán vigilados a través de la Superintendencia de Notariado y Registro. De allí que se creará una Superintendencia Delegada para el control de curadores urbanos.

                                                                                                                              Adicionalmente se establecerá un régimen de inhabilidades e incompatibilidades para ser designado curador urbano y para el ejercicio de la función. Corresponderá a la Superintendencia de Notariado y Registro, adelantar el concurso de méritos para la designación de curadores urbanos. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Con el apoyo de los congresistas, el ministerio espera que tanto el constructor como el enajenador estén obligados a adquirir un seguro que cubra a los propietarios y a los terceros que se vean afectados en el evento en que la edificación perezca o amenace ruina como consecuencia de las deficiencias en: construcción, suelo, materiales, o diseños.

                                                                                                                              El proyecto de Ley también plantea una supervisión técnica de proyectos con la cual se eliminan todas las excepciones que permitan que los municipios o curadores autoricen a los constructores para que ellos mismos controlen la ejecución de las obras.

                                                                                                                              La supervisión será independiente, externa y reportará directamente a la compañía aseguradora, lo cual dará mayor exigencia en la supervisión de la obra, que entre otras funciones controlará la construcción, la bitácora de obra, control de materiales, control sobre planes de diseño, etc. Esto definitivamente eliminará el yo con yo en este tipo de procesos.

                                                                                                                              Los profesionales que realicen labores de revisión de estudios y supervisión técnica estarán sujetos un régimen de incompatibilidades, es decir, los supervisores no podrán ser socios, los predios no pueden pertenecerle a parientes hasta en el 4 grado de consanguinidad o segundo de afinidad y no podrán tener relación contractual o intereses comerciales de cualquier naturaleza en el proyecto específico y quien incumpla las medidas será sancionado por los Consejos Profesionales de Arquitectura e Ingeniería.

                                                                                                                              Dentro de este punto se propondrá de un registro único nacional de profesionales acreditados para adelantar labores de diseño, revisión o supervisión.

                                                                                                                              Como una tercera medida se espera la creación de una certificación técnica de ocupación que se expida bajo la gravedad de juramento, por el supervisor técnico independiente de cada proyecto, en el cual hará constar que la obra cumplió con todas las especificaciones técnicas y de diseño y puede ser habitable.

                                                                                                                              Esta disposición una vez avalada se anexará a las actas de supervisión y deberá protocolizarse mediante escritura pública que se inscribirá en el folio de matrícula inmobiliaria del predio. Para los titulares de licencias de construcción y constructores que permitan la ocupación de las edificaciones sin este requisito serán objeto de multas sucesivas mensuales de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

                                                                                                                              El proyecto de ley también prevé incompatibilidades e inhabilidades para los curadores urbanos y además serán vigilados a través de la Superintendencia de Notariado y Registro. De allí que se creará una Superintendencia Delegada para el control de curadores urbanos.

                                                                                                                              Adicionalmente se establecerá un régimen de inhabilidades e incompatibilidades para ser designado curador urbano y para el ejercicio de la función. Corresponderá a la Superintendencia de Notariado y Registro, adelantar el concurso de méritos para la designación de curadores urbanos. 

                                                                                                                              Read more!

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