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El 1 de octubre, la Comisión de Seguimiento del Derecho Humano a la Alimentación (DHAA) radicó ante el Senado de la República un proyecto de Ley Estatutaria que desarrolla el derecho humano a la alimentación adecuada. La iniciativa, presentada de la mano del congresista Eduard Sarmiento, constituye un nuevo capítulo en un proceso que ha combinado trabajo comunitario, técnico e institucional, y que ahora pone en el centro del debate legislativo la exigibilidad plena de un derecho recién elevado a rango constitucional mediante el Acto Legislativo 01 de 2025.
La historia de esta Comisión explica en buena medida el alcance del articulado. Desde el mes de marzo se integró la Comisión de Seguimiento al DHAA —que convoca organizaciones campesinas, de mujeres, indígenas, afrodescendientes, urbanas y académicas— organizaciones que han impulsado desde décadas atrás debates sobre soberanía alimentaria, protección de semillas nativas y criollas, acceso a tierras y participación vinculante en políticas públicas.
En este marco, las voces de quienes acompañan el proceso destacan que la iniciativa busca anclar un derecho en la práctica cotidiana del Estado y de las comunidades. Para Paola Romero, directora (e) de FIAN Colombia y secretaria técnica de la Comisión, “este proyecto de Ley Estatutaria representa un esfuerzo histórico y colectivo para que el derecho humano a la alimentación no sea un ideal abstracto, sino una garantía exigible para todas las personas en el país. El proyecto de ley estatutaria abre la puerta a la construcción de una participación social vinculante en la toma de decisiones acerca de la alimentación en el país. Nuestra tarea como Comisión apenas empieza”. Sus palabras sintetizan el espíritu de la Comisión: convertir décadas de organización comunitaria y social en política pública.
Ese acento comunitario también se refleja en experiencias concretas, como la de la Plaza de Mercado de Santa Rita, en Cartagena. “Este proyecto de ley recoge los aprendizajes de las comunidades que, como la nuestra, han demostrado que la organización popular puede transformar la realidad y abrir caminos de dignidad”, subraya Mary Giraldo, comisionada del proceso.
A esta mirada se suma la de otras voces han acompañado el diseño del articulado. Andrea Moya, vocera de la Comisión de Seguimiento y delegada del Grupo Guillermo Fergusson, organización que trabaja por el derecho a la salud desde una perspectiva integral, enfatizó que la propuesta no solo responde a compromisos internacionales, sino que se inspira en un acumulado de debates desde los territorios, con la intención de equilibrar la mirada estatal y las prácticas locales. “Para nosotros es fundamental que el hambre sea entendida, no solo como la falta de alimentos, sino como consecuencia de la pobreza multidimensional que incluye la vulneración de otros derechos como es la salud, la ausencia de protección social, la educación, el trabajo, entre otros”, asegura.
Desde la Asociación de Trabajo Interdisciplinario (ATI) organización perteneciente a la Alianza por la Agrobiodiversidad, Yubisa Arredondo Sánchez reitera que el derecho a la alimentación va más allá de la simple disponibilidad de productos. “En calidad de vocera considero que este proyecto de ley estatutaria representa un avance sustancial en la garantía del derecho humano a la alimentación adecuada, ya que este derecho no puede reducirse únicamente al acceso a alimentos inocuos en su manipulación y transformación, sino que exige una transformación profunda en el sistema alimentario en su conjunto”, explica.
Y agrega: “Esto implica reconocer y promover el uso de semillas nativas y criollas, proteger la agrobiodiversidad y fomentar formas de producción más sustentables que permitan garantizar una alimentación realmente sana, libre de tóxicos y en beneficio de las personas y de los ecosistemas que sostienen la vida.”
La visión de Arredondo pone el acento en los cambios estructurales que debe atravesar el sistema alimentario. Pero junto con esa transformación productiva y cultural, otras voces resaltan la necesidad de dar solidez jurídica e institucional a la garantía del derecho. En esa línea, Karina Gómez, vocera de la Liga de Consumidores con Tal Cual, enfatiza en que la Ley Estatutaria representa una obligación inaplazable del Estado colombiano al reconocer el Derecho Humano a Alimentación Adecuada como un derecho fundamental autónomo, exigible y progresivo. “Esto involucra medidas orientadas a fortalecer y priorizar la economía campesina, familiar, étnica y de los pueblos indígenas, comunitaria, agroecológica y popular para la producción de alimentos reales y el fomento de circuitos cortos de comercialización con sistemas de comercialización justa que conecten a los productores locales con los consumidores”, explica.
Para nosotros es fundamental que el hambre sea entendida, no solo como la falta de alimentos, sino como consecuencia de la pobreza multidimensional
Andrea Moya, vocera de la Comisión de Seguimiento y delegada del Grupo Guillermo Fergusson
Así mismo, asegura que la ley “refuerza la visión de sostenibilidad, suficiencia y calidad nutricional a través del fortalecimiento de la capacidad del Estado para la garantía misma del Derecho, contribuyendo a la conexidad con otros derechos”.
El reto, sin embargo, está en el escenario legislativo, donde ya existe una iniciativa del actual gobierno, cuyo contenido toma como base a una primera propuesta presentada por la Comisión. Adicionalmente, al tratarse de una Ley Estatutaria, el proyecto requiere mayorías absolutas en el Congreso y deberá pasar por el control previo de constitucionalidad de la Corte. A esto se suman los obstáculos políticos: la fragmentación del Legislativo, la presión de sectores económicos ligados a la agroindustria y a los productos comestibles ultraprocesados, y el riesgo de que en el trámite se debiliten puntos clave como la protección de semillas, la participación vinculante de las comunidades y la prioridad de la economía campesina.
Que la alimentación se convierta en una política de Estado dependerá, en última instancia, de que el Congreso logre reconocer que no se trata de una concesión ni de un programa asistencial, sino de un derecho humano exigible que compromete al país entero.