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A sus 64 años, Rosa* empezó a perder el control de su vida. Sus derechos, un día de 2022, empezaron a desvanecerse. Tuvo que cargar el peso del cuidado de su esposo, Jorge*, un hombre que de un momento a otro mostró síntomas de trastornos mentales. La patología no se redujo a un asunto médico: cada episodio que él tenía significaba agresiones sexuales para Rosa, riesgos a su integridad y una cotidianidad cargada de temor.
Dejó su trabajo para estar pendiente de él. Los ingresos laborales se redujeron casi a cero y cuando las noches llegaban temía ser agredida carnalmente, por lo que tuvo que dormir en una habitación diferente y trabar la entrada con un armario para evitar los ataques.
Hasta que después de dos años de clamar ayuda, alguien llegó. A finales de 2024, Diana Candamil, una jueza de Manizales, decidió no perpetuar más esa violencia que vivía e hizo justicia con enfoque de género.
Al despacho de la jurista llegó una tutela en la que Rosa pedía que Sanitas EPS, al ser su entidad de salud, trasladara a Jorge a un centro psiquiátrico para garantizar su derecho a la salud. Ella argumentaba que no percibía siquiera un salario mínimo, estaba en vulnerabilidad y, si bien tenerlo en casa era un acto de cariño, ponía en riesgo su integridad como mujer y esposa. Allí explicó que Jorge, incapaz de controlar su psiquis, abusó sexualmente de ella en varias ocasiones o intentaba prenderle fuego al hogar.
Candamil determinó que la cuestión era más profunda sobre si obligar o no a la admisión de Jorge a un centro psiquiátrico. Para ella, la justicia debía solucionar un problema que todos habían pasado por alto: garantizar un acceso médico digno para Jorge podría mejorar su cuadro mental y la vida de Rosa dejaría de estar expuesta.
Por eso decidió darle la razón a Rosa y ordenó que Sanitas conformara una junta médica que hiciera todo lo posible para estabilizar al hombre y que, de ser posible, retornara a casa con un cuidado acorde a su patología.
En otras palabras, convirtió un reclamo de internación psiquiátrica en un fallo que vela por el derecho a la salud de Jorge, pero también el derecho a la vida digna y sin miedos de Rosa.
La sentencia fue premiada por la Comisión de Género de la Rama Judicial al reconocer que Candamil, en lugar de escoger el camino fácil, decidió proteger y garantizar derechos. El fallo ampara tanto a Jorge, que a todas luces sufría un cuadro mental grave, y a Rosa, que al ser mujer, de tercera edad y en vulnerabilidad económica, también requería una atención diferencial.
“Protege derechos fundamentales y elimina patrones de discriminación”, comenta la jurista de 37 años.
Carga pesada de llevar
La sentencia tuvo de todo. Al estrado llegó un caso que involucraba muchas variables, y al ser una tutela solo había 10 días hábiles para ofrecer una respuesta que resolviera las pretensiones de Rosa.
El caso no podía ser juzgado simplemente como un asunto de violencia intrafamiliar: Jorge tenía un diagnóstico clínico que determinaba que no sabía a ciencia cierta lo que hacía ni las consecuencias de sus picos de furia.
Pero tampoco se podía solamente obligar a Sanitas a admitir y costear sus gastos en un centro psiquiátrico, pues fallos de la Corte Constitucional hablan que esto solo puede hacerse en casos “excepcionalísimos” siempre y cuando haya un respaldo médico que lo sugiera.
“Dejar a Jorge en casa en ese momento era condenarla (a Rosa) a seguir viviendo en ese círculo de violencia, pues fue la desatención médica la que detonó esas conductas. La sentencia interna a Jorge en un centro, pero busca que se recupere para que convivan juntos sin derechos vulnerados”, aclara Candamil.
Y es que en el expediente se comprobó que Rosa buscó una mano amiga, pero encontró barreras y silencio. Por ejemplo, uno de los primeros diagnósticos que ofrecieron sobre su marido indicó un “retraso mental leve”, algo muy disonante con el parte real: parkinsonismo y atrofia cerebral progresiva. Sin un diagnóstico claro, decía Rosa, su esposo no tendría tratamientos adecuados.
A eso se sumó que Rosa tuvo que tutelar en tres ocasiones que se atendiera con diagnósticos y procedimientos correctos, a Jorge. Es decir, con tratamientos, medicamentos y médicos especialistas en neurología.
Incluso alegó un argumento humano: cuidar de Jorge, tarde o temprano, dejaría de ser humanamente posible. Sus ingresos no superaban los COP 600.000 mensuales y disponer todos sus días para cuidarlo también impidieron volver a tratar la hipertensión que ella sufre.
“No puede someterse a una persona que, por garantizar los derechos de un tercero, (lo) sobreponga (a) su integridad, salud e incluso su existencia (...). Aceptar sin más, que Rosa se vea confinada a sacrificar su integridad y tranquilidad se torna en una carga demasiado pesada de llevar”, reza la sentencia.
Un enfoque importante
Para la jueza, implementar la perspectiva de género, más que un asunto aleatorio, debe ser una norma cuando se habla de justicia. Y es que sin ese enfoque que se aplicó en el caso de Rosa, el caso seguiría recorriendo hospitales y juzgados en Caldas y los derechos tanto de Jorge como de Rosa seguirían vulnerados.
“No solo es una cuestión administrativa. Aquí confluyeron otros derechos vulnerados de ella, como vivir sin miedo o en condiciones dignas. La justicia y la sentencia, más que el papel, es la posibilidad de cambiar la vida de las personas”, acota Candimil.
Su fallo ahora quedará en la historia judicial de Colombia al haber hecho justicia, pero también dejar para la historia que sin importar qué tan complicado sea un problema en un estrado, siempre puede resolverse en clave de género.
*Nombres modificados por privacidad.
