Las lecciones del proceso de revocatoria del alcalde de Bogotá

El proceso que buscaba revocar al alcalde Enrique Peñalosa, más allá de la frustración entre los que respaldaron la iniciativa, puso en evidencia los vacíos de la norma y la necesidad de contar con reglas claras de juego. La tarea queda en manos del Congreso.

Alexánder Marín Correa (jamarin@elespectador.com) / @alexmarin55
10 de agosto de 2018 - 11:57 p. m.
Las lecciones del proceso de revocatoria del alcalde de Bogotá

Inestabilidad y frustración por falta de reglas claras. Este sería el resumen detrás del proceso que buscaba revocar al alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, y que al final, luego de una larga batalla marcada por denuncias, retrasos injustificados y omisiones, quedó en el limbo. En los 20 meses que lleva el proceso, las autoridades electorales ni rechazaron la iniciativa, para brindar tranquilidad al mandatario, ni convocaron a las urnas, dejando un sinsabor entre los promotores. Ante esto, la Corte Constitucional emitió un fallo que pone fin a estas situaciones, al ordenar al Congreso reglamentar el mecanismo. (Lea: Corte Constitucional le da la razón a Peñalosa en críticas a mecanismo de revocatoria)

El caso de Peñalosa es el reflejo de lo que ha ocurrido en los 27 años que lleva vigente la figura de la revocatoria, con una diferencia: al tratarse de un alcalde de alto perfil enfrentado a una fuerte oposición, sirvió para hacer evidentes los vacíos que siempre han existido y la necesidad de fijar reglas, para evitar no solo la violación de los derechos de los ciudadanos que quieren la terminación anticipada de un mandato, sino los de los alcaldes y sus electores, que han visto usar este recurso como revancha política.( Lea: Hay que buscar un equilibrio en el trámite de la revocatoria)

 

El caso de Bogotá es diciente. Por un lado, desde el principio estuvo la queja de Peñalosa, quien no solo cuestionó que no se verificaran los motivos de los promotores, sino la ausencia de mecanismos que garantizaran su derecho a la defensa, al debido proceso y a ser elegido. Por el otro, estuvo el de los promotores que, a pesar de haber cumplido los requisitos, vieron cómo la falta de plazos claros llevó a que el Consejo Nacional Electoral (CNE) dejara pasar el tiempo sin tomar una decisión de fondo.  (LEA:El dilema del Consejo Nacional Electoral: reformar la revocatoria)

Las dos fuerzas se trenzaron en un debate que nadie había dado: ¿regular la revocatoria o dejarla intacta? Mientras los promotores deseaban mantenerla, por ser un derecho fundamental, la defensa del mandatario, por medio de una tutela, apuntó a resaltar sus vacíos. Aunque en las primeras instancias se impuso el criterio del derecho fundamental, finalmente la Corte Constitucional emitió un fallo que busca blindar el proceso en beneficio de todas las partes. (LEA:¿En manos de quiénes están los procesos de revocatoria?)

Para empezar, el máximo tribunal señaló que el procedimiento no estaba bien regulado, pues las causales eran generales e imprecisas y no existía un procedimiento para proteger otros derechos fundamentales, como el de la defensa del alcalde. Por eso ordenó crear unas audiencias después de la inscripción de los comités y antes de la recolección de firmas, para que las partes conozcan las razones y el elegido las pueda refutar. (LEA:El salvavidas a Peñalosa frente al proceso de revocatoria)

Para Humberto Sierra Porto, abogado de Peñalosa, con el fallo es claro que actualmente la revocatoria no genera respeto por los derechos de ningún mandatario, ni de sus electores. “El problema es que como está diseñada, es incipiente, tiene vacíos y no deja contento a nadie. Al no tener reglas claras, genera o una dilación indefinida, lo que frustra el derecho de las personas que quieren la salida de un mandatario, o un atropello al derecho de los alcaldes. Ahora, de acuerdo con la Corte, todo esto se tiene que aclarar”.

La decisión, agrega Sierra Porto, no implica que sea el fin del mecanismo de la revocatoria, sino su precisión. “Lo que sugiere es que una vez se inscriban los comités, se deben crear audiencias en las que los ciudadanos expresen las razones para promover el proceso, y el alcalde pueda defenderse. Luego, se analizan las razones y finalmente se decide si se acepta o se rechaza el proceso. La regla general es que se deba aceptar, pero con criterios objetivos. Luego podrá avanzar a la etapa de recolección de firmas, pero con parámetros claros”.

Sergio Fernández y Carlos Carrillo, dos de las figuras más visibles del proceso de revocatoria contra el alcalde, tienen visiones encontradas frente al fallo de la Corte. Mientras que para Fernández el proceso ya está lo suficientemente regulado como para seguir incluyendo elementos en contravía de la ciudadanía, para Carrillo son evidentes los vacíos, que justifican las precisiones del tribunal.

“La Ley de participación ya regula las revocatorias. Esto es una maniobra dilatoria. En todo caso, el fallo plantea algo que, a mi juicio, es absurdo y es que la inconformidad deba demostrarse de forma objetiva, cuando eso tiene una expresión y son las firmas recogidas”, aseguró Fernández, quien indicó que el fallo abre la puerta, además, para que el Congreso limite un derecho que “ya está regulado”.

A su turno, Carrillo sostuvo que la revocatoria contra Peñalosa “marcó un antes y un después” en este tipo de procesos, por lo que ahora es necesario que, tal como lo ordena la Corte, se precisen ciertos aspectos para robustecerlo, pues está pensando para que nunca prospere. “Este es un fallo que al proceso de Peñalosa ni le quita ni le pone. Con todo, dice que se requiere de eventos públicos para que los mandatarios puedan controvertir y exponer su punto de vista. Créame que si eso hubiera pasado, hubiéramos sido los primeros en celebrarlo, porque nos habría permitido tener una ventana para explicarle a la ciudadanía nuestros motivos”, manifestó Carrillo.

Por su parte, Héctor Wiesner, abogado de la Universidad Externado y experto en ciencia política, destaca que el fallo era necesario para llenar vacíos y precisar aspectos en la forma como se elaboran y promueven las revocatorias. “Este fallo permite vislumbrar puntos oscuros, entre ellos que la persona contra la que se hace pueda defenderse. Hoy no queda claro por qué razones se puede elaborar la revocatoria. La ley llega hasta las firmas, pero faltan las razones jurídicas o materiales, no sólo inconformismo e incumplimiento del programa de gobierno. Es que también falta un organismo que evalúe el incumplimiento para validarla”, precisó.

A pesar de que la decisión de la Corte fija un norte para mejorar esta iniciativa ciudadana y conciliarla con los derechos de los alcaldes, finalmente todo quedará en manos del Congreso, que tendrá no solo la tarea de regular este mecanismo popular, sino aclarar las otras dudas que no alcanzó a resolver el máximo tribunal.

Por Alexánder Marín Correa (jamarin@elespectador.com) / @alexmarin55

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar