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La Procuraduría General de la Nación, en el marco de la sentencia que reconoce al Amazonas como Sujeto de Derechos, instó a las entidades responsables de su protección a actualizar de inmediato la información en la herramienta de seguimiento creada para este propósito.
El llamado de la entidad se produjo tras detectar que algunas instituciones no están garantizando la veracidad y actualización de sus reportes, ya que, en ciertos casos, se limitan a repetir datos de años anteriores o no completan la información requerida. De manera más puntual, la Procuraduría afirmó que “la solicitud del Ministerio Público se da luego de identificar que algunas entidades no están cumpliendo con los requisitos de veracidad y oportunidad en sus informes, ya que en algunos casos se continúa repitiendo la información que corresponde a años anteriores o se omite diligenciar la totalidad de los datos”.
Además, la Procuraduría señaló que algunos actores, pese a reiterados requerimientos tanto del despacho judicial como de la entidad, siguen sin reportar el cumplimiento de sus obligaciones en la plataforma de monitoreo de la sentencia.
Ante esta situación, la delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios reiteró la obligación de los responsables de corregir y actualizar los reportes. Advirtió, además, que si el incumplimiento persiste, se remitirán los informes correspondientes para que se adopten las medidas necesarias.
En 2018, mediante la sentencia 4360, la Corte Suprema de Justicia declaró a la Amazonia como sujeto de derechos. La sentencia se emitió luego de una demanda interpuesta por 25 niños, niñas y jóvenes en la que le pidieron al Estado que protegiera los derechos de las futuras generaciones, teniendo en cuenta el significativo aumento de la deforestación en Colombia en 2017 y buscando prevenir los impactos a mayor escala que el cambio climático traería en los años siguientes.
Según un artículo publicado en 2018 por el Instituto Sinchi en la Revista Colombia Amazónica, firmado por el abogado Luis Fernando Macías, doctor en Ciencias Políticas, el reconocimiento de la Amazonia como sujeto de derechos implica que el Estado tiene la responsabilidad de evitar su deterioro y garantizar la conservación de su ecosistema. Es decir, la sentencia establece que la naturaleza amazónica es el sujeto de derechos. Sin embargo, el texto argumenta que esta declaración no era un requisito indispensable para exigir las acciones contempladas en el fallo para proteger la región.
El documento incluía cuatro órdenes principales y un apartado final que, según diversos expertos, equivale prácticamente a una quinta directriz. En primer lugar, se ordenaba la creación de un Plan de Acción (PA) que integrara a ministerios como los de Ambiente y Agricultura. También se exigía el desarrollo de un instrumento como el Pacto Intergeneracional para la Vida de la Amazonia Colombiana (PIVAC); la formulación de estrategias por parte de las corporaciones autónomas para frenar la deforestación; y la actualización de los planes de ordenamiento territorial en los municipios para establecer nuevas restricciones en la protección de los bosques.
Finalmente, el apartado adicional ordenaba a las autoridades tomar medidas administrativas y judiciales inmediatas para detener la deforestación mientras se implementaban las acciones establecidas en las cuatro primeras órdenes.
*Este artículo es publicado gracias a una alianza entre El Espectador e InfoAmazonia, con el apoyo de Amazon Conservation Team.
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