Todo lo que debe saber de la nueva reglamentación para reusar agua en Colombia

La meta es que en el 2022 el país trate el 54% de las aguas residuales urbanas. Hasta ahora, solo el 18% de los municipios del país trataba sus aguas residuales y 0% de estos hacía reúso del agua.

24 de febrero de 2022 - 11:54 p. m.
En esta resolución también se definen, de manera general, dos usos permitidos: uso agrícola y uso industrial.
En esta resolución también se definen, de manera general, dos usos permitidos: uso agrícola y uso industrial.
Foto: Cortesía Minambiente

En noviembre del 2021 el ministerio de Ambiente publicó la resolución 1256 en la que reglamentaba el uso de las aguas residuales en el país y fomentaba un mayor aprovechamiento de este recurso. Hasta entonces, solo el 18% de los municipios del país trataba sus aguas residuales y 0% de estos hacía reúso del agua. (En contexto: Se permitirá el uso de aguas residuales en actividades agrícolas)

“Nuestro gran propósito es que las aguas residuales sean vistas como un recurso y no como un residuo”, aseguró Fabián Caicedo, director de Gestión Integral del Recurso Hídrico del Minambiente. Explicó que con la resolución se fomenta el aprovechamiento eficiente del recurso hídrico y se busca crear una fuente alternativa de agua tras el tratamiento que realicen las empresas de acueducto y alcantarillado. “La meta es que en el 2022 el país trate el 54% de las aguas residuales urbanas”, aseguraron desde la cartera.

En el país, solo en el sector agrícola, se utilizan cerca de 16 mil millones de metros cúbicos de agua por año, según cifras del Ideam (2019). “Parte de esta demanda podría cubrirse por medio del reúso de las aguas residuales tratadas”, aseguran desde el ministerio.

Este es un ABC de todo lo que debe saber sobre la nueva resolución. (Le recomendamos: “Colombia tiene un uso muy ineficiente del recurso hídrico”)

¿Qué se buscó con esta resolución?

Esta resolución tiene el objetivo de establecer los lineamientos técnicos sobre el uso de las aguas residuales para que haya una única orientación a nivel nacional. Así, las autoridades ambientales y los diferentes usuarios del recurso hídrico pueden tener mayor claridad para facilitar este reúso. (Puede leer más noticias de agua y ambiente aquí)

Reúso y recirculación

Esta resolución establece la diferencia entre el reúso y la recirculación de las aguas residuales. El primero tiene que ver con el uso de las aguas residuales por parte de un usuario receptor para un uso distinto al que las generó. La recirculación, por su parte, es el uso de las aguas residuales  dentro de la misma actividad económica que las genera (y también por parte del mismo usuario que las generó) sin que exista contacto con el suelo.

Usos permitidos

En esta resolución también se definen, de manera general, dos usos permitidos: uso agrícola y uso industrial.

¿Cómo usarla?

El usuario que recibe el agua tratada debe pedir una concesión para hacer uso del agua residual. En esta resolución se aclara la información que el usuario debe presentar en su solicitud a la autoridad ambiental, que será la encargada de evaluar la concesión. Entre la información se encuentra: un balance hídrico, un programa de monitoreo de calidad y de cantidad, y las medidas que se implementarán para prevenir posibles impactos al suelo (que pueden ser de salinidad, sodicidad y toxicidad), entre otros aspectos técnicos.

¿Qué se espera lograr?

La resolución espera que las aguas residuales puedan empezar a analizarse desde la gestión integral del recurso hídrico, reconociendo en ellas posibilidades para el aprovechamiento en nuevas actividades.

En este sentido, se espera que se identifiquen claramente las cantidades de agua generadas y requeridas entre diversos actores con el fin de desarrollar espacios colaborativos que permitan usar eficientemente este recurso.

Asimismo, se busca reducir la presión sobre el recurso hídrico. ¿Cómo? Disminuyendo la captación y el vertimiento de esta en los cuerpos de agua.

También se busca generar una fuente de abastecimiento de agua en zonas con escasez, y hacer una transición desde la informalidad a un uso previsto y seguro.

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Camilo(72055)25 de febrero de 2022 - 06:00 a. m.
Que bien que escriban este tipo de artículos. Una lástima sin embargo que el contenido tenga más que ver con el tratamiento de aguas residuales que con el reuso del agua como tal, como lo proclaman en el título...se limitan a mencionar que en Colombia el 0% de los municipios lo hacen, pero no dicen nada más en cuanto a alguna meta, proyección o perspectiva.
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