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El hambre que trae la sequía: El Niño y el derecho a comer en Colombia

Opinión | El Niño, con una regularidad que ya deberíamos conocer de memoria, pone a prueba el contenido de la garantía del derecho a la alimentación una y otra vez, no solo por la caída en las precipitaciones, sino por el aumento de las temperaturas, la mayor evaporación de suelos y fuentes hídricas, y los incendios forestales que suelen acompañarlo.

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Adriana Torres Bastidas*
28 de agosto de 2026 - 04:30 p. m.
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El fenómeno de El Niño se acerca y Colombia, otra vez, no está preparada para atender sus implicaciones climáticas, sociales y alimentarias. Desde los gobiernos nacional, locales y departamentales todavía no se han anunciado medidas serias de preparación que estén orientadas a mitigar las consecuencias de este fenómeno. Esto, a pesar de que según fuentes del IDEAM, existe una probabilidad del 63% de que alcance una intensidad “muy fuerte” durante el periodo noviembre 2026 – enero 2027, lo que lo ubicaría potencialmente entre los eventos El Niño de mayor magnitud observados desde 1950.

Así las cosas, este fenómeno no afecta de igual manera a la población colombiana. Existen vulnerabilidades estructurales —desigualdades históricas, así como la exclusión persistente de comunidades étnicas y rurales— que hacen que sus efectos se manifiesten con mayor severidad en ciertas poblaciones.

En términos de seguridad alimentaria, debemos considerar al menos dos elementos. Primero, la disminución de las precipitaciones reduce directamente el rendimiento de los cultivos que dependen de agua lluvia y estos representan la mayoría de la agricultura campesina en Colombia. La inversión en sistemas de riego, en cosecha de agua lluvia y en reservorios no puede seguir siendo una recomendación técnica que se lee en un comunicado del Ministerio de Agricultura cuando ya empezó la sequía, tiene que ser política de Estado, sostenida en el tiempo, con presupuesto asegurado incluso en los años de normalidad en las lluvias.

A esto se suman los incendios forestales, que destruyen cultivos y pastos ya sembrados, y la caída en la producción de pastizales, que golpea directamente al sector ganadero y, en consecuencia, la producción de leche y carne. El resultado es una triple presión: menos alimentos producidos, precios más altos por la escasez e ingresos rurales más bajos, justo cuando las familias más los necesitan. Esta cadena no golpea a todos por igual, pues las comunidades que ya tienen menor acceso a sistemas de riego, reservas de agua o alternativas económicas, son las que ven ese impacto traducirse más rápido en desnutrición infantil.

El caso de La Guajira resulta ilustrativo de lo anterior. El Estado de Cosas Inconstitucional declarado por la Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-302 de 2017, se enmarca en un contexto de gestión institucional deficiente frente a este fenómeno climático. Esta deficiencia es la expresión de exclusiones más antiguas, como el acceso desigual a la tierra, al agua y a los servicios básicos que arrastran las comunidades wayúu desde hace generaciones. Esa problemática estructural derivó en una crisis de desnutrición infantil que persiste hasta la fecha y continúa cobrando la vida de niños y niñas wayúu. Cada nuevo episodio climático extremo no hace sino profundizarla.

Abordar el derecho a la alimentación sin considerar los efectos de El Niño constituye un análisis incompleto; de igual manera, reducir la comprensión de El Niño a un fenómeno estrictamente climático, sin atender sus implicaciones en materia de inseguridad alimentaria, resulta insuficiente.

El derecho a la alimentación no es un eslogan de campaña ni una aspiración abstracta. Está reconocido en el artículo 65 de la Constitución, que establece el derecho a la alimentación como una obligación constitucional y ordena al Estado dar un desarrollo integral a las actividades agropecuarias, así como asegurar la construcción de políticas públicas que permitan el acceso a alimentos a los colombianos y colombianas.

El Niño, con una regularidad que ya deberíamos conocer de memoria, pone a prueba el contenido de la garantía del derecho a la alimentación una y otra vez, no solo por la caída en las precipitaciones, sino por el aumento de las temperaturas, la mayor evaporación de suelos y fuentes hídricas, y los incendios forestales que suelen acompañarlo. El episodio que se anuncia para este año no es uno más, distintos análisis climáticos advierten sobre la posibilidad de un Súper Niño, de una intensidad mayor a la de ciclos anteriores.

¿Qué significa entonces tomarse en serio el derecho a la alimentación frente a este ciclo climático que, con la crisis global del clima, promete volverse más frecuente e intenso? Significa dejar de tratar cada llegada de El Niño como una sorpresa. Sabemos que va a volver. Sabemos, con meses de anticipación, cuándo y con qué probabilidad.

También significa que los programas de seguridad alimentaria y los subsidios rurales deben activarse antes de que el hambre se instale, no después de que ya se declaró la emergencia. La diferencia entre una acción anticipatoria y una respuesta humanitaria tardía se mide, literalmente, en niños y niñas que dejan de crecer bien, pues cuando la alimentación falla en los primeros años de vida, el cuerpo prioriza las funciones vitales sobre el crecimiento, y el resultado es desnutrición aguda, pérdida de peso rápida y visible o, si la carencia se prolonga, retraso en talla, conocido técnicamente como desnutrición crónica. La diferencia entre anticiparse y reaccionar tarde no se mide solo en vidas salvadas en el momento agudo de la crisis, sino en generaciones que cargan las secuelas de una crisis que se vio venir con meses de anticipación.

El Niño no es solo un fenómeno del clima, también es un examen recurrente sobre qué tan en serio nos tomamos el derecho de cada colombiano a tener comida en la mesa. Todavía estamos a tiempo de prepararnos mejor para el episodio que ya está en curso.

*Coordinadora de la Linea de Justicia Económica en Dejusticia.

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Por Adriana Torres Bastidas*

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