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El Ministerio de Ambiente (Minambiente) publicó los lineamientos para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá, una región clave que, mediante la Ley 99 de 1993, se declaró de interés ecológico nacional. De manera más específica, ese despacho explicó que la propuesta busca garantizar la integridad ecológica del territorio, guiar su adaptación al cambio climático y definir el ordenamiento alrededor del agua.
La Sabana de Bogotá es una región estratégica que abarca 580.000 hectáreas, con una biodiversidad que incluye 3.032 especies de fauna y 5.223 de flora. Además, cuenta con aproximadamente 41.031 hectáreas de humedales, de las cuales 1.687 son naturales y 28.864 han sido transformadas por la actividad humana.
Según la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, los lineamientos de ordenamiento territorial pretenden “conservar ecosistemas que ya están degradados, proteger los espacios del agua como límites ecológicos para un buen ordenamiento territorial, y asegurar la destinación agropecuario y forestal del suelo rural de la Sabana”. También, en palabras de Muhamad, esta propuesta reglamentaría el artículo 61 de la Ley 99 de 1993, que dice que “la Sabana de Bogotá, sus páramos, aguas, valles aledaños, cerros circundantes y sistemas montañosos son de interés ecológico nacional, cuya destinación prioritaria será la agropecuaria y forestal”.
El proyecto de resolución estará en consulta pública hasta el 14 de marzo, periodo en el que ciudadanos, comunidades y expertos podrán enviar comentarios y propuestas a través del sitio web del ministerio. Los lineamientos aplicarán en Bogotá y 39 municipios de la Sabana, beneficiando, según Minambiente, a más de 10 millones de habitantes.
El proyecto de resolución abarca varios lineamientos. En primer lugar, están los lineamientos para la protección de áreas de especial importancia ambiental, que, según Minambiente, buscan garantizar la conservación de acuíferos, bosques andinos, subxerofitia y humedales, integrándolos en el ordenamiento territorial. También establecen la necesidad de definir la ronda hídrica del río Bogotá y limitar intervenciones en humedales solo si cuentan con su delimitación. Además, en zonas con alta amenaza de inundaciones o movimientos en masa, se priorizará la adaptación basada en ecosistemas.
En las zonas rurales, el proyecto establece restricciones para evitar la expansión urbana en suelos agropecuarios y forestales, asegurando su uso sostenible. Para prevenir la degradación del suelo por crecimiento urbano, se propone un modelo de desarrollo compacto, priorizando la renovación de áreas urbanas antes que la expansión.
En áreas urbanas y mineras, Minambiente hizo énfasis en la creación de corredores ecológicos, la restauración de humedales y la renaturalización de ríos. Por ejemplo, y de manera más específica, en zonas mineras las licencias ambientales deberán garantizar la protección de rondas hídricas, acuíferos y bosques, y orientar la recuperación del terreno tras la actividad extractiva hacia la adaptación al cambio climático.
Para enfrentar la crisis hídrica, el proyecto ordenaría la evaluación de un posible agotamiento del agua en la Sabana, lo que podría llevar a ajustar concesiones y priorizar el acceso equitativo. También se fomenta el uso eficiente de este recurso, incluyendo estrategias como la recolección de lluvias y reducción de pérdidas.
Por último, en términos de infraestructura, Minambiente priorizará la restauración de zonas abastecedoras de agua y el río Bogotá, además de adoptar medidas para proteger la fauna y evitar impactos ambientales en proyectos eléctricos y viales. También se asegura que las plantas de residuos sólidos no se ubiquen en zonas ambientalmente sensibles.

Por Luisa Fernanda Orozco
