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                                                                                                                              Minambiente reglamentó vertimientos a aguas marinas

                                                                                                                              La norma establece las sustancias y los niveles de concentración permisibles en aguas residuales.

                                                                                                                              Redacción Vivir

                                                                                                                              Vertimiento frente al Hotel Zuana en Santa Marta. Fotografía de octubre de 2017.

                                                                                                                              El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante la Resolución 0883 del 18 de mayo del 2018, estableció los parámetros y valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas marinas.

                                                                                                                              "Con la expedición de esta norma se busca controlar las sustancias contaminantes presentes en las aguas residuales domésticas, industriales, comerciales o de servicios de cualquier sector productivo que se descargan en aguas marinas y evitar la afectación del ambiente, encaminando estos esfuerzos a la protección de los ecosistemas marinos y costeros del país", explicó en un comunicado el Ministerio de Ambiente. 

                                                                                                                              La norma, que puede ser consultada en línea, establece las sustancias y los niveles de concentración permisibles en aguas residuales. Sin embargo, deja abierta la puerta para que los responsables de las actividades que generan vertimientos, pueden solicitar a la autoridad ambiental competente la exclusión de algunos parámetros, "siempre y cuando los estudios técnicos certificados demuestren que estos no se encuentren presentes en sus aguas residuales".

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2019. Una ventana de tiempo que le permitirá a todos los responsables de vertimientos tomar las medidas necesarias para ajustarse a las nuevas exigencias. 

                                                                                                                              Vertimiento frente al Hotel Zuana en Santa Marta. Fotografía de octubre de 2017.

                                                                                                                              El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante la Resolución 0883 del 18 de mayo del 2018, estableció los parámetros y valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas marinas.

                                                                                                                              "Con la expedición de esta norma se busca controlar las sustancias contaminantes presentes en las aguas residuales domésticas, industriales, comerciales o de servicios de cualquier sector productivo que se descargan en aguas marinas y evitar la afectación del ambiente, encaminando estos esfuerzos a la protección de los ecosistemas marinos y costeros del país", explicó en un comunicado el Ministerio de Ambiente. 

                                                                                                                              La norma, que puede ser consultada en línea, establece las sustancias y los niveles de concentración permisibles en aguas residuales. Sin embargo, deja abierta la puerta para que los responsables de las actividades que generan vertimientos, pueden solicitar a la autoridad ambiental competente la exclusión de algunos parámetros, "siempre y cuando los estudios técnicos certificados demuestren que estos no se encuentren presentes en sus aguas residuales".

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                                                                                                                              La resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2019. Una ventana de tiempo que le permitirá a todos los responsables de vertimientos tomar las medidas necesarias para ajustarse a las nuevas exigencias. 

                                                                                                                              Por Redacción Vivir

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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