El Ministerio de Ambiente, por medio de un comunicado, informó que la sanción en contra de la jefa de la cartera (encargada), Irene Vélez, por presunto desacato a un fallo judicial, todavía no está en firme. Hace un par de días, el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Montería ordenó cinco días de arresto y una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales vigentes.
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En el documento, la cartera aseguró que “conforme al Decreto 2591 de 1991, la sanción se encuentra en grado jurisdiccional de consulta, lo que significa que no está en firme y deberá ser evaluada por el superior funcional”.
La cartera además explicó que por medio de esta revisión se verificará la existencia del “cumplimiento y la proporcionalidad de la medida”; también se revisarán los “elementos que permiten prever que la sanción sea revocada”.
Esta sanción le fue impuesta a la ministra de Ambiente (e) luego de que el abogado Manuel Navarro Manchego señalara que el derecho de petición que interpuso a la cartera el pasado 7 de julio 2025 no fue respondido dentro de los plazos que establece la autoridad judicial.
Por medio de este documento, Navarro solicitó información sobre los convenios entre el Ministerio de Ambiente y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en la ecorregión de La Mojana. El ministerio tenía un plazo máximo de 48 horas para responder.
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Sin embargo, el ministerio en el comunicado aseguró que este requerimiento “fue atendido plenamente y dentro de los tiempos ordenados por la autoridad judicial. El Ministerio ya había remitido la respuesta al ciudadano de manera completa y enviado al juzgado los soportes y certificaciones de envío correspondientes al día en que se notificó la decisión que impone la sanción”.
La cartera no descarta que esta medida pueda ser revocada por el tribunal. Los argumentos que ofrecen son que la orden ya fue cumplida y que la sanción no sería proporcional frente a estos hechos.
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También recalcan que la sanción no debería recaer sobre la ministra Vélez, porque el derecho de petición “no estaba asignado al despacho de la ministra, por lo que no existe responsabilidad personal ni conducta negligente atribuible a ella”.
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