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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Estado a pagar cerca de $90.000 millones a los damnificados de la avalancha torrencial registrada en Mocoa en 2017, que dejó más de 300 personas muertas y más de mil casas destruidas.
La decisión responde a una demanda interpuesta por un grupo de damnificados que alegaba que la emergencia “fue anunciada”, con estudios a principios de 1990 que alertaban sobre el riesgo sobre el municipio. En ese sentido, apuntaban a que las entidades omitieron sus funciones para prevenir la tragedia en Mocoa (Putumayo).
En contexto: Reconstruir Mocoa: una promesa inconclusa en la que ya se ha invertido $1 billón.
En particular, se encontró que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía (Corpoamazonía), la Gobernación de Putumayo y la Alcaldía de Mocoa incumplieron con sus funciones para prevenir la emergencia que fue alertada durante años.
“Resulta inadmisible, para esta Sala, la actitud negligente de las entidades, pues a pesar de contar con información suficiente sobre las condiciones naturales que anunciaban la posibilidad de un desastre, incurrieron en una conducta pasiva, vulnerando flagrantemente su deber legal de prevención y protección. Esta omisión comprometió gravemente la vida, integridad y los bienes de los habitantes de Mocoa”, se lee en el fallo emitido a finales de junio de 2025.
De esta manera, el alto tribunal aplicó lo indicado en el artículo 90 de la Constitución que indica que “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”.
Además de esto, se mencionó que la responsabilidad del Estado en desastres naturales se configura cuando hay una omisión en el cumplimiento de sus deberes de prevención y gestión del riesgo.
En el proceso, vale señalar, también se vinculó a la Presidencia de la República, al Ministerio de Ambiente, al Ideam y al Servicio Geológico Colombia, los cuales no fueron condenados al no encontrarse una responsabilidad directa.
Además de la reparación directa a los damnificados, el fallo ordena al Estado a emitir un comunicado en los próximos 20 días en el que se pida perdón a los damnificados de la tragedia. Por su parte, se deberá implementar un programa de atención psicosocial para los sobrevivientes y familias de víctimas fallecidas.
Al tratarse de un fallo en primera instancia, el Estado podrá apelar el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En este caso, la última decisión la tendrán los magistrados del Consejo de Estado.
Puede leer acá la sentencia completa:
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