Los túneles hacen parte fundamental de la red vial en Colombia. Gracias a estas obras, hoy es posible atravesar zonas montañosas de forma más rápida y segura, reduciendo tiempos de viaje y evitando tramos complejos por clima o geografía.
Eso sí, circular por un túnel no es igual que hacerlo en una vía abierta. Estos espacios tienen reglas específicas y una de las más importantes tiene que ver con la velocidad. En el país, los límites no son iguales para todos los túneles, ya que dependen de las características técnicas de cada infraestructura y de la señalización instalada.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), un ejemplo es el túnel de La Línea, donde se establecen una serie de instrucciones para garantizar una movilidad segura dentro del túnel:
- Circular con las luces medias encendidas y los vidrios elevados.
- La velocidad máxima de circulación es 60 km/h.
- La velocidad mínima de circulación es 50 km/h.
- Conservar la distancia mínima de 70 metros entre vehículos, la cual podrá referenciar con las luces ubicadas a un metro de altura a ambos lados del túnel, una amarilla cada cuatro blancas. La distancia entre cada luz amarilla indica el distanciamiento entre vehículos.
- Evitar hacer uso de su celular mientras transite por el túnel.
- Evitar realizar maniobras peligrosas en el interior del túnel.
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Multas por incumplimientos dentro de un túnel
Además de las restricciones de circulación, existen sanciones específicas para quienes incumplen las reglas dentro de un túnel. De acuerdo con James Jaramillo, jefe de Prevención Vial de la Policía de Tránsito en Caldas, estas multas varían dependiendo del tipo de actor vial y la conducta cometida.
Cuando un conductor estaciona su vehículo en lugares prohibidos, aplica la infracción C02, especialmente si se detiene sin justificación dentro del túnel. Si la falta está asociada al incumplimiento de una señal reglamentaria que prohíbe el paso, se aplica la infracción C14, que sanciona transitar por sitios restringidos o en horarios no permitidos por la autoridad competente.
En el caso de los ciclistas, ingresar a un túnel cuando la señalización prohíbe su paso puede acarrear la infracción A08, que corresponde a transitar por zonas restringidas. Para los peatones, la sanción es la F06, que castiga actuar de manera que ponga en riesgo la integridad física.
Finalmente, adelantar en zonas no permitidas es una falta seria. La infracción D06 sanciona el adelantamiento en bermas, puentes, curvas, túneles, pasos a nivel, cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una pendiente, e incluye los casos en los que exista señalización explícita.
En cuanto a los valores de estas multas, las tarifas vigentes aproximadas son:
- Infracciones tipo A: equivalen a 4 salarios mínimos diarios legales vigentes, cerca de COP $233.452 en 2026.
- Infracciones tipo C: corresponden a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente COP $875.000 en 2026.
- Infracción tipo D (adelantamiento indebido): asciende a 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, alrededor de COP $1.750.000 en 2026.
- Infracción F06 (peatones): equivale a 1 salario mínimo legal diario vigente, cerca de COP $58.363 para el próximo año.
¿Cuáles son los límites de velocidad por tipo de vía en Colombia?
Según el intendente Jaramillo, la ley colombiana establece los siguientes límites máximos de velocidad, según el tipo de vía:
- Vías urbanas y carreteras municipales: hasta 50 km/h.
- Vías nacionales y departamentales: hasta 90 km/h.
- Vías rurales: hasta 80 km/h.
- Zonas escolares y residenciales: hasta 30 km/h.
- Vías de doble calzada sin paso peatonal: hasta 120 km/h.
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