Las motos siguen ganando terreno como uno de los medios de transporte más usados en Colombia. De acuerdo con la Cámara de la Industria de Motocicletas de la Andi y Fenalco, el sector cerró 2025 con más de 1,1 millones de unidades registradas.
En ciudades con tráfico pesado y en zonas rurales donde los recorridos son largos, este tipo de vehículo se consolidó como una solución práctica por su bajo consumo y por la facilidad para moverse entre la congestión.
Pero tener una moto también implica cumplir con varias obligaciones legales. Una de las más relevantes es la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, un control que certifica que el vehículo está en condiciones adecuadas para circular y que cumple con los límites ambientales exigidos.
Bajo ese panorama, el Ministerio de Transporte volvió a poner sobre la mesa un cambio que muchos todavía no tienen claro. Se trata de la modificación en los tiempos para realizar la primera revisión, definida en la Ley 2294 de 2023, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
La norma fija nuevos plazos según el tipo de motocicleta y el uso que se le dé.
¿Quiénes quedan por fuera de la técnico-mecánica en 2026?
Con la norma vigente, las motocicletas nuevas no están obligadas a hacer la revisión técnico-mecánica apenas salen a rodar. El plazo arranca a contar desde el momento de la matrícula, y la primera revisión solo se exige cuando se cumplen dos años desde ese registro en el RUNT.
Es decir, si una moto se matricula por primera vez en 2026, no tendrá que pasar por este proceso sino hasta 2028. La regla aplica de la misma manera para todas las motos nuevas, sin importar su cilindraje o segmento.
Desde el Ministerio de Transporte han explicado que este ajuste busca alinear la exigencia con la realidad del parque automotor. En los primeros años de uso, una moto nueva tiene menor probabilidad de presentar fallas relevantes, en parte por los estándares de fabricación actuales y los controles de calidad que manejan los fabricantes.
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¿Cuánto cuesta no tener la técnico-mecánica al día?
En Colombia, circular sin la revisión técnico-mecánica vigente constituye la infracción C35 e implica una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, un valor cercano a los COP 875.000. A esto se suma que el vehículo puede ser inmovilizado y llevado a patios, lo que incrementa el costo con grúa y parqueo.
Si el pago de la multa se realiza dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición del comparendo, procede un descuento del 50 %, previo cumplimiento del curso pedagógico obligatorio.
Cuando el pago se efectúa entre el sexto y el vigésimo día hábil, el descuento será del 25 %, también condicionado a la realización del curso.
Entre el día 21 y el día 30 deberá cancelarse el 100 % del valor de la multa, sin beneficio de descuento. Superado este plazo, comienzan a generarse intereses moratorios y la autoridad de tránsito puede iniciar el proceso de cobro coactivo.
Lo que revisan en la técnico-mecánica y dónde hacerla
Esta revisión se realiza únicamente en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizados por el Ministerio de Transporte. Además, el Código Nacional de Tránsito establece que todo vehículo en circulación debe contar con este certificado vigente.
Durante el proceso, los CDA hacen una inspección completa del estado del vehículo. Acá se evalúan aspectos como el sistema de frenos, las emisiones contaminantes, el estado de la carrocería, la suspensión, la dirección, el sistema de luces y las llantas.