Publicidad

Requisitos para conducir patineta eléctrica en Colombia: edad mínima y más

Con la entrada en vigencia de la Ley 2486 de 2025, el país ajustó el marco normativo para los vehículos eléctricos livianos.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
En Dos Ruedas
10 de abril de 2026 - 06:00 p. m.
Patinetas eléctricas en la ciclorruta de la carrera séptima.
Patinetas eléctricas en la ciclorruta de la carrera séptima.
Foto: Óscar Pérez
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

Las patinetas eléctricas dejaron de ser una novedad para convertirse en una alternativa real de movilidad en Colombia. Cada vez se ven más en las calles, no solo por su bajo costo de operación, sino también por su funcionamiento silencioso y su impacto ambiental. Sin embargo, no todo es tan simple como enchufar y rodar, porque detrás de estas ventajas también hay reglas claras que conviene tener muy presentes.

Con la entrada en vigencia de la Ley 2486 de 2025, el país ajustó el marco normativo para los vehículos eléctricos livianos. La norma define este tipo de transporte como vehículos de uso individual, impulsados por motor eléctrico y diseñados para entornos urbanos, cuya potencia no supere los 1000 W.

Edad mínima, por dónde circular y límites de velocidad

Uno de los cambios más relevantes tiene que ver con la edad. La norma señala que solo pueden usar patinetas eléctricas las personas mayores de 16 años. Sin embargo, se contempla una excepción que permite su uso desde los 12 años, pero únicamente dentro de ciclorrutas.

En cuanto a la circulación, las patinetas eléctricas están restringidas a ciclorrutas y a vías autorizadas por la autoridad de tránsito local. Los andenes quedan por fuera, ya que son espacios exclusivos para peatones.

También hay límites de velocidad que conviene saber. Por ejemplo, en ciclorrutas, el máximo permitido es de 25 km/h, mientras que en algunas vías habilitadas puede llegar hasta los 40 km/h.

Visibilidad y seguridad cuando cae la noche

Entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana entran en juego requisitos adicionales que no son opcionales.

El uso de casco, luces delanteras y traseras, y prendas reflectivas se vuelve obligatorio. En condiciones de baja visibilidad, estos elementos hacen una diferencia real para evitar incidentes. A esto se suma el comportamiento en la vía. Señalizar giros, anticipar maniobras y evitar transportar objetos grandes o mal asegurados son importantes para mantener el control del vehículo.

Le puede interesar: ¿Qué pasa si no se paga una multa de tránsito en Colombia?

Multas que vale la pena evitar

Las infracciones relacionadas con el uso de patinetas eléctricas están contempladas en el Código Nacional de Tránsito, específicamente en el literal G del artículo 131. Acá se establecen multas equivalentes a seis (6) salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, cerca de COP 350.000.

Entre las conductas sancionables se encuentran:

  • Circular por andenes, zonas peatonales o vías que no estén autorizadas.
  • Llevar acompañante en la patineta, cuando su uso es estrictamente individual.
  • Superar los límites de velocidad establecidos para este tipo de vehículos.
  • Conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas.
  • No usar casco, luces o elementos reflectivos en los horarios en los que son obligatorios.
  • Omitir las señales de giro o transportar objetos que afecten la estabilidad y el control del vehículo.

Temas recomendados:

 

Ccdaw(0kmc6)Hace 28 minutos
Quedan autorizados los de las patinetas para matarse o matar a 40Km/h. Bueno, apuesto que considerarán que le velocidad mínima es 25 Km/h. Y a que el decreto no contiene un análisis de riesgos.
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.