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                                                                                                                              Arranca proceso de devolución de $200 mil millones de valorización

                                                                                                                              A 913 mil propietarios de predios se les devolverá el dinero que ya habían pagado.

                                                                                                                              El Espectador

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                                                                                                                              Para llevar a cabo dicho proceso, el IDU ha determinado dos cronogramas, el primero se inicia este lunes 18 de noviembre con el envío de una carta certificada a los contribuyentes de las localidades que no serán objeto de la reasignación de la valorización en diciembre próximo, es decir, las localidades de Ciudad Bolívar, Rafael Uribe Uribe, Tunjuelito y Candelaria.

                                                                                                                              Luego en enero de 2014 se continuará con las localidades de Santa Fe, San Cristóbal, Los Mártires, Bosa, Kennedy, Antonio Nariño y Puente Aranda, y a partir de mayo de 2014 se continuará con las localidades que serán objeto de la reasignación de la contribución de valorización, según el Acuerdo 523 de 2013, en las localidades de Chapinero, Usaquén, Suba, Engativá, Fontibón, Barrios Unidos y Teusaquillo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El IDU, de acuerdo con el estatuto tributario, tiene hasta 50 días hábiles para hacer la devolución, los cuales se cuentan a partir de radicada la solicitud.

                                                                                                                              El Instituto de Desarrollo Urbano enviará una notificación escrita a los predios objeto de devolución. Allí se especificará el monto a favor y los requisitos para solicitar la devolución del dinero.

                                                                                                                              Para desarrollar este trámite, la persona solicitante del valor a devolver debe ser el titular del derecho de dominio del inmueble, para la fecha de efectuado el pago de la contribución de valorización.

                                                                                                                              El ciudadano debe contar con la fotocopia legible de la cuenta de cobro debidamente cancelada u otro documento que acredite el pago de esta contribución, además de una certificación de la cuenta en la cual el IDU transferirá la devolución.

                                                                                                                              En caso de no poseer cuenta propia, deberá autorizar la consignación del dinero en otra cuenta bancaria, mediante poder notariado con firmas autenticadas.

                                                                                                                              Los propietarios de 913 mil predios objeto de la devolución del pago de valorización del acuerdo 180 de 2005, así como los contribuyentes que hicieron depósitos por el acuerdo 451 de 2010 o Poz Norte, empezarán a recibir una comunicación certificada en la que el IDU indicará el procedimiento para el reintegro de unos 200 mil millones de pesos, aproximadamente, recaudados por el Distrito a través de estos cobros para la ejecución de obras de infraestructura vial.

                                                                                                                              Para llevar a cabo dicho proceso, el IDU ha determinado dos cronogramas, el primero se inicia este lunes 18 de noviembre con el envío de una carta certificada a los contribuyentes de las localidades que no serán objeto de la reasignación de la valorización en diciembre próximo, es decir, las localidades de Ciudad Bolívar, Rafael Uribe Uribe, Tunjuelito y Candelaria.

                                                                                                                              Luego en enero de 2014 se continuará con las localidades de Santa Fe, San Cristóbal, Los Mártires, Bosa, Kennedy, Antonio Nariño y Puente Aranda, y a partir de mayo de 2014 se continuará con las localidades que serán objeto de la reasignación de la contribución de valorización, según el Acuerdo 523 de 2013, en las localidades de Chapinero, Usaquén, Suba, Engativá, Fontibón, Barrios Unidos y Teusaquillo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El IDU, de acuerdo con el estatuto tributario, tiene hasta 50 días hábiles para hacer la devolución, los cuales se cuentan a partir de radicada la solicitud.

                                                                                                                              El Instituto de Desarrollo Urbano enviará una notificación escrita a los predios objeto de devolución. Allí se especificará el monto a favor y los requisitos para solicitar la devolución del dinero.

                                                                                                                              Para desarrollar este trámite, la persona solicitante del valor a devolver debe ser el titular del derecho de dominio del inmueble, para la fecha de efectuado el pago de la contribución de valorización.

                                                                                                                              El ciudadano debe contar con la fotocopia legible de la cuenta de cobro debidamente cancelada u otro documento que acredite el pago de esta contribución, además de una certificación de la cuenta en la cual el IDU transferirá la devolución.

                                                                                                                              En caso de no poseer cuenta propia, deberá autorizar la consignación del dinero en otra cuenta bancaria, mediante poder notariado con firmas autenticadas.

                                                                                                                              Por El Espectador

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