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Con el cambio del esquema de aseo en Bogotá se instalaron en la ciudad grandes contenedores de basura y de reciclaje, que en medio de los bloqueos y los disturbios de las últimas semanas han resultado afectados o vandalizados. Es por esto que la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp) hizo un llamado a los bogotanos para cuidar esos elementos y reportar cuando estén en mal estado.
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Para hacerlo, se habilitó la línea 123 y 110, que pertenece al sistema de aseo de Bogotá. Allí se podrá denunciar algún tipo de ataque, daño o vandalismo a alguno de estos elementos, así como reportar el daño para que estos sean reemplazados.
Sigue a El Espectador en WhatsApp¡Recuerda que los contenedores públicos #TambiénSonTuyos👍! Nuestro compromiso es cuidarlos y reportar si son objeto de vandalismo en el ☎️123 @PoliciaBogota o en la 📞línea 110 del esquema de aseo de Bogotá 💛 ❤️. pic.twitter.com/EVxGq2Pgp5
— Uaesp (@Uaesp) July 6, 2021
Además, la UAESP recordó las acciones que son consideradas como faltas de cultura ciudadana:
- Sacar los residuos en horarios no autorizados o en sitios diferentes al lugar de residencia
- No usar los recipientes o demás elementos para depositar los residuos
- Arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público
- Arrojar llantas , residuos o escombros en el espacio público o bienes de carácter privado
Estas acciones están catalogadas cómo faltas🚫 de cultura y convivencia ciudadana. Si realizas una adecuada disposición de los residuos y cuidas los contenedores y cestas publicas🗑evitas sanciones o multas📝de las autoridades👮♂️👮♀️ competentes. #TambiénSonTuyos pic.twitter.com/xCjYGPzsMo
— Uaesp (@Uaesp) July 6, 2021
Este tipo de comportamientos tienen sanciones que pueden ir desde los cinco a los diez salarios mínimos diarios legales vigentes de la siguiente forma:
- Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio de recolección. Multa: 5 s.m.d.l.v. (Persona natural) y 5 s.m.m.l.v. (Persona jurídica)
- Depositar los residuos sólidos en cualquier caneca sin importarle que cada recipiente está adecuando para un desecho en especifico. Multa: 5 s.m.d.l.v. (Persona natural) y 5 s.m.m.l.v. (Persona jurídica)
- Dejar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por la autoridad competente. Multa: 10 s.m.d.l.v. (Persona natural) y 10 s.m.m.l.v. (Persona jurídica)
- Romper, rasgar, quemar o de cualquier manera dañar las bolsas y recipientes en que los residuos sólidos hayan sido almacenados o depositados para ser objeto de recolección, o abrirlos sin volverlos a cerrar debidamente, o extraer de ellos los residuos y dejar el lugar en un estado de aseo peor al inicial. Multa: 5 s.m.d.l.v. (Persona natural) y 5 s.m.m.l.v. (Persona jurídica)
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