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Bogotá: esto es lo que debe saber del nuevo decreto que reglamenta el espacio público

La nueva reglamentación implementa nuevas herramientas para generación de espacio público, así como la articulación con normas nacionales. Este decreto es una de las primeras implementaciones y ajustes a las reglas inmobiliarias establecidas por el POT 2022-2035.

Redacción Bogotá
22 de febrero de 2023 - 12:13 a. m.
El Distrito entregó tres kilómetros de vías, pasos semaforizados, conectantes y espacio público en el sector de La Felicidad, en Fontibón.
El Distrito entregó tres kilómetros de vías, pasos semaforizados, conectantes y espacio público en el sector de La Felicidad, en Fontibón.
Foto: Secretaría de Hábitat

En la capital del país fue sancionado un nuevo decreto que reglamenta el manejo y administración de los espacios públicos de Bogotá, y que hace parte de las primeras implementaciones de las directrices del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) 2022-2035, que fue expedido hace más de un año por parte de la administración de Claudia López.

Se trata del decreto 072 de febrero de 2023, el cual fue liderado por el Departamento Administrativo de la Defensa del Espacio Público (Dadep), y que según su directora, Alejandra Rodríguez, con 13 capítulos busca agilizar los trámites de recepción, incorporación, titulación, y gestión de este tipo de bienes así como aumentar la capacidades del Distrito para generación de espacio público en la capital del país.

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“Unos de los elementos claves del decreto son la declaratoria de espacio público en obras públicas, mejores procesos y una articulación con la normal nacional que permite implementar estas directrices en la ciudad”, indicó Alejandra Rodríguez, directora del Dadep.

Según la normativa vigente, el espacio público es “el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los bienes privados, destinados por su naturaleza a la satisfacción de las necesidades urbanas colectivas que transcienden, por tanto, los límites de los intereses, individuales de los habitantes”.

Así, la nueva normativa reglamenta las zonas de cesión obligatorias y gratuitas al Distrito Capital, así como sus compensaciones en ciertos casos por el costo de los desarrollos urbanísticos en forma de espacios de uso colectivo como zonas verdes, vías, entre, otros elementos de espacio público que permiten soportar el desarrollo inmobiliario.

De esta manera, en el caso de las obras públicas las entidades responsables de estas deberán presentar un plan a la Secretaría de Planeación con la delimitación de la zona que será cedida como espacio público. Además de esto, se establecen lineamientos que se deben aplicar en proyectos que endurezcan zonas verdes, con compensaciones ambientales.

Estas nueva reglas de juego aplicarán para los proyectos de la Alcaldía de Bogotá, como la troncal de Transmilenio por la avenida 68, el corredor verde de la carrera Séptima, las líneas del Metro de Bogotá, y entre otros, el cable aéreo de San Cristóbal. De acuerdo con el Dadep, estos nuevos lineamientos permitirán lograr el cumplimiento de estas obras de infraestructura en la ciudad.

En ese sentido, de acuerdo con la directora del Dadep, esta nueva reglamentación permitirá solucionar procesos de definición en el espacio público que llevan más de diez años, así como integrar a la ciudad alrededor de los grandes proyectos de infraestructura en Bogotá.

¿Cómo se logra esto último? En primer lugar, se le dan competencias la Secretaría de Planeación (SDP) para la aprobación de los planes de entrega de espacio público, y para ellos contará con un periodo de 30 días, con opción de prórroga, para analizar la solicitudes. .

Además de esto, se instauró un Comité de Seguimiento, conformado por entidades del Distrito y encabezado por el Dadep, para dar conceptos técnicos sobre estos procesos. En ese sentido, se establecen la formulas de compensación en los casos que se establezcan cargas desproporcionadas las personas o empresas que inicien proyectos inmobiliarios en la ciudad.

Por otra parte, el decreto también introduce nuevos elementos para la declaratoria de espacio público en la capital. En particular, se establece el procedimiento para la expropiación de terrenos ocupados de manera irregular, cuya condición debe ser justificada a través de expedientes jurídicos y técnicos.

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Frente a esto, el Consejo de Estado han indicado que si la cesión de terrenos se rompe con el equilibrio que debe existir entre la cesión y la compensación, “el Estado deberá reconocer la diferencia correspondiente, ya sea adelantando los procesos de negociación directa o de expropiación, pues en tales casos se produce un daño antijurídico que debe ser compensado

De esta manera, el POT de la ciudad determina que en las áreas de cesión obligatoria en vías locales e intermedias podrán ser objeto de compensación, únicamente cuando el urbanizador y/o tercero demuestre la imposibilidad técnica para la ejecución de las obras y la consecuente entrega de suelo.

Asimismo, también se entregan directrices para la entrega de zonas de cesión al Distrito, recepción y titulación de predios, sustitución de zonas de uso público, la modificaciones de planos urbanísticos, entre otros elementos.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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