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Caso Kooby Bray: imputan a patrullera por homicidio del joven, pero no aceptó cargos

Después de que el caso pasara a la Justicia Penal Militar, en las últimas horas se dio a conocer la imputación a la patrullera señalada de dispararle al joven. No aceptó cargos y la familia continúa en contra de que esta jurisdicción lleve el caso.

Redacción Bogotá
01 de marzo de 2024 - 10:00 p. m.
Kooby Bray Duarte murió el 19 de julio cuando una patrullera le disparó en un procedimiento policial en Teusaquillo.
Kooby Bray Duarte murió el 19 de julio cuando una patrullera le disparó en un procedimiento policial en Teusaquillo.
Foto: Archivo Particular

El caso de la muerte de Koobray Duarte, de 21 años, sigue adelante a pesar de su repentino cambio a la Justicia Penal Militar, un cambio que pidió la Fiscalía el año pasado. El caso del joven, quien en un inicio fue involucrado en un supuesto hurto y muerto por un disparo que accionó la patrullera Carolayhn Tatiana Badillo la noche del 19 de julio de 2022, tuvo un avance este 1 de marzo: la involucrada fue imputada por el delito de homicidio, reconociendo que lo ocurrido esa noche fue un exceso de fuerza contra el muchacho.

La imputación la dio a conocer la Fiscalía Militar y Policial a través de un breve comunicado: “Después de que uno de nuestros fiscales especializados realizó la correspondiente investigación, el día de ayer 29 de febrero se formuló imputación contra una patrullera por la presunta comisión del delito de homicidio”, señala el comunicado.

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También advierte que en diciembre de 2023 el caso pasó a esa jurisdicción argumentando que, “de acuerdo con la naturaleza de los hechos, en diciembre de 2023 se estableció que esta Fiscalía era competente para conocer el caso y determinar la presunta responsabilidad de integrantes de la Policía Nacional en la muerte de Kooby Duarte”.

Sin embargo, la familia del joven y su defensa no están de acuerdo con esta decisión que, denuncian, ocurrió a sus espaldas. Esto, a pesar de que la imputación para ellos es un avance en el esclarecimiento, al dar fe que, “la patrullera se equivocó y esto lo constata, constata que Kooby no tenía intenciones de hacerle daño a nadie y se encontraba indefenso y desarmado”, dijo a El Espectador el abogado del joven.

¿Justicia penal o militar?

Para la Fiscalía los hechos deben estar en la JPM debido a que todo ocurrió en un procedimiento policial: “la central de radio de la Policía reporta un caso de hurto a motocicleta en el sector de la calle 45 con caracas de la ciudad de Bogotá, la Patrulla de vigilancia del cuadrante (…) acuden al llamado, al llegar escuchan dos detonaciones y posteriormente la uniformada acciona su arma de dotación, luego es cuando una persona que se transportaba en motocicleta cae herida, siendo trasladada a la clínica Palermo”, describe los hechos el oficio con el que se trasladó el caso.

Los tres argumentos de la defensa son: “(1) la hoy víctima no portaba ningún arma de fuego al momento del procedimiento; los funcionarios de la policía le disparan en estado de indefensión por la espalda, como se logra evidenciar en el protocolo de necropsia (la bala entra por la zona escapular izquierda. Lo atraviesa lo por el pulmón precordial y sale por el costado de la axila); (2) se evidencia como los funcionarios de la policía en el informe que presentaron a las autoridades no coincide con la descripción que se observan en los videos”, describe el alegato de la defensa.

El conflicto de jurisdicciones tiene otro antecedente que detalla la defensa del joven: la sentencia SU 190 o conocida como sentencia Dylan Cruz, muerto en las protestas de 2019 por el impacto de una lacrimógena disparada por el oficial Cubillos del entonces Esmad, y que ordenó que el caso pasara a la justicia ordinaria a causa de que el joven no representaba un peligro en el momento del disparo.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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