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Estas son las rutas de atención para casos de abuso sexual en Bogotá

Con fecha de corte del 18 de marzo de 2022, en la Secretaría de Educación se adelantan 163 procesos disciplinarios contra servidores públicos de la entidad, por la presunta comisión de alguna o algunas de las tipologías de violencia sexual contra menores. Vale la pena preguntarse de qué manera funcionan.

Fernan Fortich
05 de abril de 2022 - 11:25 p. m.
(Imagen de referencia) En el 96% de los casos los presuntos agresores pertenecen al género masculino.
(Imagen de referencia) En el 96% de los casos los presuntos agresores pertenecen al género masculino.
Foto: Pixabay

Con fecha de corte 18 de marzo de 2022, en el Distrito se adelanta 163 procesos disciplinarios contra servidores públicos de la entidad, por la presunta comisión de alguna o algunas de las tipologías de violencia sexual contra menores. Y es que en esta ola de denuncias de acoso y abuso sexual en colegios de Bogotá, las niñas, niños y adolescentes enfrentan diversas situaciones de convivencia en los entornos escolares que sí son problemáticos.

De acuerdo al Ministerio de Educación, la Convivencia Escolar se define como “el conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral.”

Y en esta convivencia escolar hay un entramado de relaciones que pueden resultar en posiciones de dominación, subordinación, rupturas, y conflictos que pueden afectar la salud física y mental de los menores. Por lo que la intervención de la comunidad educativa y las entidades se vuelve fundamental para prevenir y atender los casos de abuso sexual infantil en las instituciones educativas.

¿Cómo funcionan las rutas de atención y prevención?

Desde 2013 se empezaron a conformar los Comités de Convivencia Escolar, que representan la primera línea de atención y manejo de este tipo de casos hoy en día en las instituciones educativas. Estos comités tienen además alianzas con entidades del estado, como la Fiscalía, o el ICBF, para prevenir, manejar, y sancionar los casos que se presenten.

En ese sentido, ante la alerta que generaron los escándalos de abuso y acoso sexual en los colegios privados y públicos de la capital, el Ministerio de Educación, a través de una directiva, pidió “redoblar esfuerzos entre los Ministerios de Educación y de Defensa; el ICBF, la Fiscalía y las secretarías de Educación en los siguientes 60 días para garantizar que los protocolos y el sistema de información sean adoptados por todas las instituciones educativas”.

Las rutas en las instituciones del Distrito se dividen en prevención y atención

Las instituciones deben desarrollar experiencias y materiales pedagógicos desde el Comité de Convivencia Escolar, sobre temas de educación sexual. Asimismo, la Policía de Infancia y Adolescencia y el Instituto de Bienestar Familiar (ICBF) tienen como competencia el desarrollo de campañas afuera de los colegios.

Los protocolos preventivos de la Secretaría de Educación consisten en la formación de docentes en temas de educación sexual, la más reciente trato las “Acciones frente a la violencia sexual contra los niños, niñas y adolescentes en las IED”.

Por su parte, los protocolos para la atención de casos son más robustos. Estos inician con la sospecha de una violencia sexual, sea por manifestación de la víctima, indicios o comunicación de terceros. Allí la premisa es clara: creer en el niño, niña o adolescente.

A partir de este punto se debe determinar si efectivamente la situación denunciada es violencia sexual. Si es determinado que no es violencia sexual, la institución debe hacer un seguimiento al caso.

De encontrarse que si es violencia sexual se sigue este procedimiento:

  • Obtener más información sobre la situación sin revictimizar al niño o niña afectado.
  • Elaboración de reporte sobre la situación
  • Contactar a Policía de Infancia y Adolescencia, y al ICBF y/o Comisaría de Familia para el restablecimiento de derechos
  • Contactar a los padres de familia
  • Si el presunto agresor de la víctima es mayor de 18 años y es docente, se pondrá en conocimiento de la URI de la Fiscalía más cercana y al sistema de alertas de la Secretaría de Educación

Además de esto, el Distrito deberá ofrecer acompañamiento legal para las denuncias, así como asegurar el desarrollo de las investigaciones disciplinarias, que puede imponer sanciones como la destitución en el ejercicio del cargo e inhabilidad general del cargo.

Frente a esto, la Secretaría de Educación aseguró que viene adelantando acciones al respecto, como activar “el convenio que la entidad tenía suscrito con la Fiscalía para mejorar la colaboración entre las dos entidades, particularmente con el intercambio de información, para evitar demoras y dilaciones en los procesos penales”, señaló Edna Bonilla, secretaria de Educación.

¿Está obligado un miembro de la comunidad educativa a informar sobre un presunto caso de violencia sexual?

Sí, si el que conoce es un compañero o miembro de la comunidad educativa (padre de otro niño o niña, personal administrativo, etc.) debe informar a un docente o directivo de confianza o delegado de la institución educativa.

¿Dónde se pueden denunciar casos de violencia sexual en entornos escolares?

Si usted es víctima o conoce algún caso de abuso o acoso sexual infantil dentro y fuera de entornos escolares, usted puede contactarse a la línea de atención y prevención del ICBF 018000112440, acercarse a una Comisaria de Familia o Casa de Justicia del Distrito.

Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.

Fernan Fortich

Por Fernan Fortich

Periodista con enfoque en temas ambientales, posthumanistas y sociales.@fernanfortichrffortich@elespectador.com

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