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¿Cuánto es la velocidad máxima de una patineta eléctrica en Bogotá?

En el primer trimestre del 2025, la Secretaría de Movilidad adelantó la inspección de 661 km de la red de ciclorrutas, identificando más de 60 zonas que presentan uso indebido con vehículos no permitidos.

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Redacción Bogotá
12 de julio de 2025 - 11:25 p. m.
La velocidad máxima permitida en las ciclorrutas es de 30 kilómetros por hora.
La velocidad máxima permitida en las ciclorrutas es de 30 kilómetros por hora.
Foto: Jose Vargas Esguerra
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En medio del debate que suscitó la aprobación, en cuarto debate, del proyecto de ley 111 que regula las bicicletas y patinetas con motor eléctrico, que las avala para transitar por ciclorrutas, e incluso propone eximirlos del SOAT, la Secretaría de Movilidad de Bogotá insiste en la necesidad de prohibir su circulación para proteger la seguridad de los usuarios históricos de las ciclorrutas de la ciudad.

Por esta razón, desde el 2 de julio, iniciaron la instalación de nuevas señales de tránsito en ciclorrutas que indican la prohibición de tránsito de ciclomotores, tricimotores y motos eléctricas en 108 zonas de Bogotá, donde se ha identificado alto riesgo por el ingreso indebido a las ciclorrutas de este tipo de vehículos.

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“Esta instalación se hará en 14 localidades de la ciudad, para reforzar el mensaje de prohibición de circulación de estos vehículos por las ciclorrutas. Reiteramos esta prohibición porque el tránsito de cualquier tipo de vehículo diferente a las bicicletas pone en riesgo la vida de los ciclistas, debido a las dimensiones de estos vehículos y las altas velocidades que pueden alcanzar”, acotó la secretaria de Movilidad, Claudia Díaz.

Según Díaz, este tipo de vehículos debido a su peso, tamaño y velocidad, deben circular por la calzada y no por las ciclorrutas, pues en estos espacios, las normas son claras: solo pueden transitar patinetas no motorizadas, bicicletas convencionales, bicicletas de pedaleo asistido, es decir, aquellas con motor de hasta 350W, a una velocidad máxima de 25 km/h y un peso no mayor a 35 kg.

Las personas que transite por vías exclusivas para vehículos no motorizados, como lo son las ciclorrutas, con un vehículo no permitido, se verán expuesto a pagar una multa de $ 1.207.800.

¿Y las patinetas eléctricas?

De acuerdo con la secretaria de Movilidad, Claudia Díaz, las patines eléctricas sí pueden circular en ciclorrutas, pero bajo ciertas condiciones.

“La patineta eléctrica puede ir en la ciclorruta, no puede alcanzar velocidades mayores de 20 kilómetros por hora cuando la estén conduciendo”, explicó.

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Entre las acciones que desarrolla la entidad para hacer cumplir las normas, se cuentan los operativos de control a ciclomotores realizados este año, los cuales han derivado en 453 inmovilizaciones y 1.483 órdenes de comparendo a quienes no cumplen con la normatividad vigente. Entre las faltas más comunes se encuentran no cumplir con la documentación correspondiente y transitar por sitios restringidos para estos vehículos, como lo son las ciclorrutas.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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