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Daniel Briceño fue el primero de los ocho concejales demandados que logró conservar su curul en el cabildo. El concejal, que tenía un proceso jurídico en su contra con el que pedía su perdida de investidura, salió bien librado en el fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
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La demanda, que se radicó el pasado 29 de mayo, pedía la perdida de investidura de Briceño y de siete concejales más por indebida destinación de dineros públicos. El argumento de José Romilio Correa Muñoz, el ciudadano que interpuso la demanda, se apoyó en el voto con el que estos concejales aprobaron la inclusión de la ALO norte en el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura 2024-2027″.
En este sentido, Correa argumentaba que la decisión de los concejales era contraria al POT de la ciudad, el cual designaba los predios por los que se construirá la avenida, para la construcción de equipamiento social, una universidad pública, y nuevas unidades de vivienda de interés social. Una vez se conoció la demanda, los concejales denunciaron que se trataba de una “jugadita” por parte de la anterior administración para impedir la inclusión de la ALO.
Finalmente, el artículo que revivió el proyecto de movilidad fue aprobado, pero un cúmulo de demandas, incluida la interpuesta a los concejales, continuaron su periplo por los tribunales a la espera de un fallo. El primero, en este caso, fue con el que Briceño logró conservar su curul.
En los folios de la decisión del Tribunal se explica que la defensa de Briceño y el demandante participaron en una audiencia pública el pasado 22 de julio, a través de la cual expusieron sus alegatos de conclusión. Durante el trascurso de dicha diligencia, Romilio Correa ratificó la intención de su demanda, y el abogado del concejal tuvo la oportunidad de exponer su defensa.
En primer lugar, el abogado de Briceño señaló que la acción de votar a favor de la ALO, constituía una función que la Constitución le da como concejal de la ciudad, y, por lo tanto, no se podía configurar la indebida destinación de dinero.
Asimismo, el escudo jurídico del cabildante dejó en claro que la acción para demandar la inclusión de la ALO al PDD no era la perdida de investidura, por lo cual se estaba incurriendo en un fallo procedimental. Lo anterior, debido a que, jurídicamente hablando, es inviable declarar la nulidad de un acto administrativo mediante esta exigencia.
La sala plena del Tribunal de Cundinamarca NEGÓ la demanda de pérdida de investidura que buscaba quitarme la curul por haber revivido la ALO NORTE en la ciudad.
— Daniel F. Briceño (@Danielbricen) July 30, 2024
Esta es la segunda victoria que tenemos en contra de los politiqueros que quieren dejar a Bogotá sin esta vía.
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En consecuencia, y una vez analizados todos los argumentos, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que Briceño no inquirió en la destinación indebida de recursos públicos y podía conservar su curul como concejal.
Ahora, solo falta ver qué destino tendrá la demanda en contra de los otros siete concejales. Sin embargo, teniendo en cuenta el desarrollo del caso particular de Briceño, lo más probable es que los otros siete concejales (Sandra Forero, Julián David Quintero, Julián Uscategui, Marco Acosta, Clara Sandoval, Juan Manuel Díaz y Cristina Calderón) obtengan el mismo resultado.
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Por Redacción Bogotá
