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Defensoría del Espacio Público advierte que no ha legalizado cerramientos en parques vecinales

El director de ese organismo distrital, Iván Ernesto Rojas Guzmán, aclaró que éstos son una infracción urbanística y continúan prohibidos por regla general, al igual que encerrar vías públicas.

El Espectador

26 de abril de 2010 - 01:56 a. m.
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Las querellas en las diferentes alcaldías locales por cerramientos ilegales seguirán su marcha jurídica porque el acuerdo 433, sancionado el pasado 29 de marzo, establece medidas para garantizar la seguridad del Espacio Público en Parques Vecinales y de Bolsillo, y no la legalización de los mismos.

"En ningún momento se aprobaron los cerramientos de estos espacios públicos", aclaró el director encardado del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (Dadep), Iván Ernesto Rojas Guzmán.

El funcionario explicó que en mayo la Secretaría Distrital de Planeación, el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (Idrd) y la Defensoría del Espacio Público presentaran la reglamentación del acuerdo 433 de 2010 o instructivo que contendrá las especificaciones técnicas, jurídicas y procedimentales para el nuevo mobiliario urbano alternativo.

"Los cerramientos del espacio público constituyen una infracción urbanística y en consecuencia continúan prohibidos por regla general, salvo la excepción legal de la autorización por razones de seguridad, siempre y cuando la transparencia del cerramiento sea de un 90% como mínimo. Hay que garantizar a la ciudadanía el disfrute visual de los parques, zonas verdes y no vulnerar su destinación al uso común", enfatizó el Defensor del Espacio Público.

Es importante aclarar que el Acuerdo Distrital 433 de 2010 no tiene aplicación respecto de las Unidades Inmobiliarias Cerradas (UIC), es decir, no es posible encerrar el espacio público (zonas de cesión gratuita) que se ubiquen dentro de las unidades inmobiliarias cerradas de acuerdo a la sentencia C - 265 de 2002 de la Corte Constitucional.

Frente a las querellas en las alcaldías, el Defensor del Espacio Público dijo que jurídicamente no es posible archivar o suspender las querellas de restitución de bien de uso público o las diligencias de restitución ordenadas, entre otras.

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"Se recomendaría un margen de tiempo de espera suficiente hasta que se expida el instructivo que desarrolle el Acuerdo Distrital 433 de 2010, el cual va a determinar específicamente aspectos técnicas, jurídicas y procedimentales", dijo.

Rojas Guzmán explicó que el acuerdo no se aplica a otros parques distritales como los regionales, metropolitanos y zonales.

Por El Espectador

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