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Las Direcciones Locales de Educación han recibido 69 quejas de padres de familia y cuidadores por abusos en costos educativos y útiles escolares, lo que significa un promedio de dos quejas diarias.
La Secretaría de Educación hizo un llamado a las familias a que denuncien las conductas irregulares o cobros excesivos en matrículas y pensiones por parte de los colegios privados en la línea 195, en las Direcciones Locales de Educación o en la oficina de atención al usuario de la Secretaría de Educación, en la avenida El Dorado 66-63.
Dentro de su función de vigilancia y control, la entidad puede imponer sanciones que van desde la amonestación pública, hasta la cancelación de la licencia si las faltas cometidas son calificadas como reiterativas y muy graves.
"Los padres de familia no están obligados a comprar útiles de marcas específicas y los invitamos a denunciar abusos para que podamos actuar con mayor precisión", indicó el secretario de Educación, Óscar Sánchez Jaramillo.
Las tarifas de matrículas y pensiones de colegios privados son reglamentadas por el Ministerio de Educación. Para el año escolar 2014, la Resolución 11951 de 2013 estableció un incremento entre el 2.0 y el 4.0 por ciento.
Es importante recalcar que para que un colegio aumente sus costos en el valor máximo autorizado (hasta 4.0%), debe contar con certificación o acreditación ISO9001, o cualquiera de los modelos de gestión reconocidos por el Ministerio de Educación.
Si los resultados de las Pruebas Saber 11 ubican al colegio en los niveles más altos (alto, superior y muy superior), los incrementos podrán llegar hasta el 3.7% por tratarse de colegios clasificados en el régimen de libertad vigilada.
La lista de útiles escolares, textos, uniformes y demás implementos que se usarán durante el año escolar tienen que contar con la aprobación del Consejo Directivo del colegio y ser informada a los padres en el momento de la matrícula.
Los colegios no podrán exigir que estos materiales sean entregados a la institución, ya que la normatividad señala que pueden ser administrados desde cada uno de los hogares de los estudiantes. Cabe recordar que esta lista de útiles debe ser coherente con el Proyecto Educativo Institucional –PEI- del respectivo establecimiento.
La Secretaría de Educación establece las condiciones que deben tener los útiles y materiales escolares:
- Los colegios no pueden solicitar materiales de dotación que ellos deben proveer tales como: implementos de aseo, material didáctico propio de las áreas y proyectos, pinturas, marcadores, etc.
- No pueden solicitar textos o útiles que estén fuera de la lista aprobada o cantidades que excedan lo establecido.
- No pueden exigir marcas específicas.
- No pueden exigir la compra en lugares exclusivos.
- No deben ser entregados a los colegios.
- Deben ser materiales esenciales para el desarrollo de los programas académicos.
- Los colegios deben garantizar el uso del 100% de los materiales solicitados.