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Distrito recibirá denuncias por excesos en cobros de matrículas y útiles escolares

La Secretaría Distrital de Educación invitó a los padres de familia a dar aviso de los costos excesivos o las conductas irregulares por parte de los colegios.

Redacción Bogotá
17 de enero de 2015 - 01:01 a. m.
Foto: Innovacionatl.com
Foto: Innovacionatl.com

La Administración Distrital, a través de la Secretaría de Educación del Distrito, hizo un llamado a los padres y madres de familia para que denuncien conductas irregulares o cobros excesivos de matrículas, pensiones o listas de útiles escolares por parte de los colegios privados.

La entidad recordó que la Ley (Artículo 203 Ley 115 de 1994 y Artículo único Ley 1269 de 2008), prohíbe la exigencia de bonos, cuotas, donaciones, aportes a capital o tarifas adicionales por parte de estos establecimientos educativos.

Para el año escolar 2015, el incremento autorizado en las tarifas de matrículas y pensiones se estableció entre el 2.0% y el 5.1%, según lo autorizado por el Ministerio de Educación para colegios privados.

El aumento se hace en virtud de la calidad del servicio educativo ofrecido, que se expresa en el régimen en el cual esté clasificado el colegio, además de indicadores de calidad tales como los resultados de las Pruebas Saber y la certificación o acreditación de la institución en ISO9001.

Para que un colegio haga un incremento de sus costos en el valor máximo autorizado, debe tratarse de un establecimiento que cumpla con las anteriores condiciones. En los demás casos, estos incrementos aplicables sobre el año y grado anterior, estarán determinado por el régimen al cual pertenezca la institución educativa.

En cuanto a los útiles escolares, uniformes y demás implementos que usarán los estudiantes durante el año escolar, estos tendrán que contar con la aprobación del Consejo Directivo del centro educativo y deberá ser entregada en el momento de la matrícula.

Los colegios no podrán exigir que los padres de familia les entreguen los materiales, puesto que la normatividad señala que pueden ser administrados desde cada uno de los hogares de los estudiantes.

Igualmente, los colegios tienen la prohibición de vender directamente alguno de estos elementos. Tampoco pueden solicitar materiales de dotación que ellos deben proveer tales como: implementos de aseo, material didáctico propio de las áreas y proyectos, pinturas, marcadores, etc.; no pueden solicitar textos o útiles que estén fuera de la lista aprobada o cantidades que excedan lo establecido y no pueden exigir marcas específicas ni que sean adquiridos en lugares exclusivos.

Para efectuar los reclamos contra alguna institución educativa que presente dichos excesos en los cobros o conductas irregulares, los padres de familia deberán dirigirse a las Direcciones Locales de Educación correspondiente, a la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación. Por teléfono, en la línea 3241000 Ext.: 2309, o en la página web de la Secretaría (www.educacionbogota.edu.co), también serán recibidas las quejas.

Por Redacción Bogotá

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