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La Personería de Bogotá, en los primeros cuatro meses y medio del año, recibió más de 105 quejas por despidos injustos especialmente contra embarazadas y trabajadores enfermos. Ante las solicitudes de los usuarios, el ente de control los orientó, redactó derechos de petición, tutelas y otros recursos legales para defender sus derechos. A la misma fecha de 2008, la Personería había atendido 11 casos.
Hasta el 20 de mayo de 2009, la Personería recibió en su orden un 26% de casos por despidos a empleadas embarazadas o en plena licencia de maternidad; 20% por trabajadores despedidos con enfermedad profesional; 16% durante la incapacidad, 12% luego de un accidente de trabajo, y 10% en proceso de calificación de invalidez.
De acuerdo con fallos de la Corte Constitucional, la mujer en estado de embarazo tiene una estabilidad laboral reforzada, es decir, un fuero de maternidad que impide su despido. Los beneficios legales implican el descanso remunerado de la mujer antes y después del parto, la prestación de servicios médicos y hospitalarios, la licencia remunerada para la lactancia del recién nacido y, obviamente, no ser retirada del cargo.
Uno de los casos que más llamó la atención fue el de una mujer despedida con tres meses de embarazo por parte de la firma Aerodelikatessen, pese a que había informado de su estado. A la señora, con dos hijos más y sin recursos, se le fue deteriorando su salud rápidamente. Pese a los ruegos a la empresa para que la reintegraran y la citación del Ministerio de la Protección Social a los empleadores, nunca le devolvieron su cargo ni acudieron al llamado de la autoridad.
La Personería intervino elaborando una tutela a la señora afectada. No obstante, mientras se surtía el trámite su salud y la del bebé gestante empeoraron. Sufrió de preclancia y trombocitopenia, es decir, tensión alta, retención de líquidos y pérdida de proteínas y plaquetas necesarias para la coagulación de la sangre. A lo seis meses tuvieron que intervenirla. El niño nació vivo, pero días después murió.
En primera instancia la justicia negó el amparo. La Personería redactó la impugnación al fallo y en segunda instancia, fue concedida la acción. El Juez Veinte Civil del Circuito ordenó reintegrarla, pagarle todos los salarios dejados de percibir, las prestaciones sociales y los aportes a la seguridad social.