En primera instancia, habitante de calle pierde tutela contra la Policía

Uriel Duque Pulgarín asegura que uniformados le violaron sus derechos fundamentales, lo golpearon y le metieron droga en la chaqueta. Sin embargo, hoy un juez negó sus pretensiones y dijo que el caso es improcedente por vía tutela.

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Redacción Bogotá
02 de agosto de 2018 - 01:10 a. m.
Mauricio Alvarado - El Espectador
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Hace dos semanas, Uriel Duque Pulgarín, un habitante de calle dedicado al reciclaje, interpuso una tutela ante un juez de Bogotá alegando que agentes de la Policía Metropolitana de Bogotá le violaron sus derechos fundamentales tras una requisa en el Parque Tercer Milenio. En su relato, el hombre aseguró que los agentes lo obligaron a bajarse los pantalones en vía pública, y luego lo golpearon en el CAI de los Mártires, le robaron dinero y le metieron droga en la chaqueta para señalarlo por tráfico de estupefacientes.(Lea aquí: Uriel Duque, el habitante de calle que entuteló a la Policía)

En la tutela, Duque expuso al juez varias pretensiones, pero la principal era que amparara sus derechos a la libertad de locomoción, a la dignidad humana, a la no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad, al trabajo y al debido proceso. Sin embargo, en una sentencia conocida este miércoles, el juez negó las peticiones del habitante de calle, al considerar que no es el mecanismo procedente para este caso. La decisión es en primera instancia y se espera que en los próximos días las organizaciones que acompañan el proceso, Temblores ONG y Fundación Callejeros de la Misericordia, decidan si apelan el fallo.

Por su parte, la Policía Metropolitana de Bogotá había pedido al juez declarar improcedente la acción de tutela al considerar que no se le violaron los derechos a Duque. “La Policía actuó en cumplimiento del deber”, dijo la entidad, que agregó que Duque fue requisado el 5 de junio de 2018 porque se encontraba en una actitud nerviosa, y que en la pretina de su pantalón se encontró una bolsa plástica que contenía 12 envolturas plásticas con una “sustancia vegetal color verde con características similares a la marihuana”, por lo que fue trasladado al CAI. 

La Policía concluyó que Duque fue aprehendido por una situación en flagrancia del presunto delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, y no porque haya sido discriminado por su condición de calle, como alegó Duque en la tutela. Pero el hombre, oriundo de Antioquia, niega el porte de drogas y afirma, por el contrario, que los uniformados le metieron papeletas de bazuco en su ropa, mientras lo insultaba y golpeaban en un calabozo del comando. Y que esta situación es reiterativa por habitar la calle, donde, según él, la Policía ha criminalizado a esta población.

El juez aseguró en el fallo que es improcedente la tutela porque no reúne los requisitos, entre ellos que no se agotaron los otros recursos judiciales y que no se demostró que el habitante de calle se encontraba ante un perjuicio inminente. “La tutela no es el mecanismo idóneo para controvertir la actuación adelantada por la Policía (…) Los agentes se encuentran facultados para realizar registros personales o cacheos como medida preventiva y en desarrollo de la actividad de policía. (…) no obedece a un motivo de discriminación hacia un grupo poblacional específico (habitante de calle)”, agregó el juez.

En la sentencia la justicia también asegura que Duque puede acudir a la Fiscalía y Procuraduría para adelantar procesos penales y disciplinarios en contra de los uniformados señalados por él. “Existen otros mecanismos de defensa judicial (…) no se justifica en el asunto objeto de revisión la intervención del juez de tutela”, puntualizó el juez.

Por Redacción Bogotá

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