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Ruta de atención en Cundinamarca busca prevenir casos de maltrato animal

Con la expedición de un Decreto, el departamento busca dar una respuesta ágil y coordinada en pro del bienestar de los animales en riesgo.

Redacción Bogotá
12 de febrero de 2025 - 11:45 p. m.
Maltrato animal en Colombia
Maltrato animal en Colombia
Foto: Gustavo Torrijos Zuluaga
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El maltrato animal es una realidad y, aunque cada día hay más campañas en contra de estos actos, la realidad parece ser muy distinta. Cada día son más las denuncias y los señalamientos que hay en contra de las múltiples situaciones de violencia que viven los animales todos los días, pero los datos demuestran que aún falta mucho camino por recorrer para erradicar el sufrimiento de los animales.

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Desde la Gobernación de Cundinamarca, se expidió el Decreto 456 de 2024 que recientemente se hizo público desde las redes del gobernador, Jorge Emilio Rey.

¿De qué trata el Decreto?

La reglamentación establece los parámetros técnicos y jurídicos para implementar una ruta efectiva de atención a los casos de maltrato animal en los municipios del departamento, asegurando una respuesta ágil y coordinada por parte de las autoridades competentes.

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Puntos clave de la Ruta de Atención al Maltrato Animal:

1. Recepción de Denuncias

El primer contacto ante denuncias de maltrato animal será asumido por:

  • La Policía Nacional en el marco de sus funciones para garantizar la seguridad y convivencia.
  • Las Alcaldías Municipales, a través de sus inspecciones de policía y dependencias de protección animal. Aquí, cada municipio asignará los canales oficiales para el reporte de los casos de maltrato.
  • Las Comisarías de Familia, en los casos que involucren contextos de violencia intrafamiliar.

2. Evaluación y Acción Inmediata

En este paso, las autoridades locales realizarán una valoración preliminar del caso para determinar la gravedad y la necesidad de intervenir de forma urgente. Así mismo, se buscará garantizar la seguridad del animal afectado, aplicando medidas como el rescate o la atención veterinaria inmediata.

3. Seguimiento y Resolución

Los casos serán remitidos a las entidades competentes para dar continuidad al proceso, asegurando la judicialización de los responsables y la protección continua de los animales.

Más beneficios del Decreto:

  • Protección Real y Efectiva: respuesta inmediata por parte de la entidad competente, según el caso, para salvaguardar a los animales afectados.
  • Mayor Claridad Jurídica: establece responsabilidades específicas para autoridades municipales y departamentales.
  • Fomento de la Denuncia Activa: empodera a la comunidad para reportar casos de maltrato con confianza.
  • Coordinación Institucional: mejora la articulación entre la Policía, alcaldías, y entidades de bienestar animal.

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Si se conoce algún caso de maltrato animal, es importante que se acuda a la alcaldía de cada municipio y active la ruta.

Según la Ley 1774 de 2016, los animales son seres sintientes, no son cosas, y deben recibir especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial el causado directa o indirectamente por los humanos. Por ende, quien sea hallado culpable por el delito de maltrato animal consignado en la Constitución, incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses.

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Por Redacción Bogotá

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