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Según los acuerdos de corresponsabilidad establecidos con los comerciantes la Administración Distrital autorizó la rumba desde la noche las 10:00 p.m. del viernes 4 de julio hasta las 5:00 a.m. del sábado 5 de julio a través del Decreto No. 280 del 3 de julio de 2014.
Los sectores en donde se aplicará el horario extendido son:
- Usaquén: Calle 114 a 124 entre carreras 5 a 7.
- Chapinero: Primer sector: Calle 92 a 94 entre Carrera 11 a 15; Calle 82 a 85 (costado sur) entre Carrera 11 a 14; Calle 57 a 61 entre carrera 7 y Avenida Caracas.
- Santa Fe: Calle 19 entre carrera 3 a 14.
- Tunjuelito: Diagonal 25 sur a 48 sur entre carrera 50 (costado occidental) a 52.
- Kennedy: Avenida 1 de mayo (Costado Norte) entre carrera 69 y Avenida Boyacá.
- Engativá: Avenida Calle 72 entre carrera 72 a 77.
- Suba: Carrera 91 entre Avenida Suba a calle 147 y desde calle 147 hasta Avenida Suba por la calle 92 incluyendo la calle 146 A hasta la calle 93; Avenida Ciudad de Calí entre calle 153 a 139.
- Teusaquillo: Calle 53 entre Carreras 24 a 28y, Carrera 27 entre Calle 52 a 53.
- Los Mártires: Zona de Alto Impacto calle 19 a calle 24 entre carrera 14 a 17.
- Antonio Nariño: Calle 18 Sur entre carrera 16 y 17 y, Carrera 16 entre Calles 17 a 16 A Sur .
- Ciudad Bolívar: Calle 58 B Sur a 61 Sur entre carreras 22F a 22 H.
“Ninguna medida será de orden administrativo o policial será suficiente si el ciudadano no es responsable de consumo del licor y si no hay cultura ciudadana, hoy debemos celebrar en paz y tranquilidad”, dijo Hugo Ernesto Zárrate, secretario de Gobierno.
Por Redacción Bogotá
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