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Estos son los alivios para los deudores morosos en Bogotá

Mediante el proyecto de rescate social, se autorizó una serie de alivios para personas que presenten morosidad en el pago de impuestos y multas. ¡Ojo! porque tiene hasta el 15 de diciembre para recibir estos beneficios.

Diego Ojeda
10 de octubre de 2021 - 04:10 p. m.
Se ha pensado extender el beneficio a morosos pre pandémicos, pero la Corte Constitucional ha sido reacia.
Se ha pensado extender el beneficio a morosos pre pandémicos, pero la Corte Constitucional ha sido reacia.
Foto: Pixabay

Con la intención de fomentar la recuperación y reactivación de la economía bogotana, el Concejo aprobó (mediante el proyecto de rescate social) una serie de alivios para personas que, en el marco de la pandemia, entraron en morosidad con el Distrito y entidades gubernamentales.

Según lo explicado por el secretario de Hacienda de Bogotá, Juan Mauricio Ramírez, los alivios aplican tanto para contribuyentes de impuestos distritales, como para deudores de multas. En ambos casos, el beneficio es solo para obligaciones que surgieron desde el 12 de marzo de 2020 y que sean canceladas, a más tardar, el 15 de diciembre del presente año.

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Para el caso de los contribuyentes que presenten morosidad en el pago de impuestos distritales (como lo es el predial, el ICA y el Impuesto vehicular), se les perdona por completo el pago de sanciones e intereses, es decir, solo tienen que pagar el valor del impuesto original.

Para los deudores de multas, se les perdona el 60 % del capital adeudado, además del 100 % de las sanciones e intereses que se hayan causado.

Se estima que en Bogotá hay más de 1.007.000 deudores, entre los que se encuentran morosos de todos los años, es decir, más allá de los que se sumaron en el marco de la pandemia de Covid-19.

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“Las personas que quieran acogerse a estas medidas pueden hacerlo mediante la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda, donde pueden expresar que se quieren acogerse a estos beneficios, o también pueden ir a los CADES”, explicó Ramírez.

Quienes ingresen al portal web de la secretaría para adelantar este trámite encontrarán un liquidador, el cual pedirá unos datos y, a cambio, emitirá una factura, la cual se puede pagar de forma digital o imprimir y pagar en puntos autorizados.

Tenga en cuenta que, a diferencia del pago oportuno de impuestos, el pago virtual de estas obligaciones no tendrán el descuento del 1 %, puesto que no se puede acumular beneficio sobre beneficio.

En su entrevista con este medio, Ramírez aseguró que, con base en la amplia cantidad de deudores morosos que hay en la capital, se ha querido extender estos alivios a personas con deudas pre pandémicas. Sin embargo, un pronunciamiento de la Corte Constitucional pone limitantes, pues la misma se muestra reacia a este tipo de beneficios al considerar que violan la simetría frente a quienes son cumplidos con sus pagos.

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