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Fallo en favor de estudiante

Cristian Alberto Sánchez Tusarma hizo toda su carrera de Medicina Veterinaria y Zootecnia en la Fundación Universitaria San Martín y está listo para graduarse. El 16 de enero de 2018, en horas de la noche, como presidente de la Asociación Nacional Académica Sanmartiniana, bloqueó con cadenas las puertas de acceso de una de las sedes de la institución como protesta contra el manejo de sus directivos. El hecho terminó con la intervención de la Policía y con un proceso disciplinario contra el estudiante, a quien le cancelaron la matrícula.

El Espectador

15 de marzo de 2020 - 11:50 a. m.
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Esa decisión la tomó el 5 de abril de 2018 el Consejo Académico de la Facultad en sesión extraordinaria, al considerar las acciones de Sánchez como una falta gravísima. En consecuencia, se le impidió renovar su matrícula para cualquier otra programa y acceder a cualquier servicio prestado por ese centro educativo. En febrero de 2019, Sánchez pidió a la Universidad que le dejara cancelar los derechos de grados por haber cumplido con todos los requisitos de la carrera, pero la Fundación lo negó alegando que ya no tenía la condición de “estudiante”.

Sánchez interpuso una tutela, alegando que le vulneraron el derecho al debido proceso y el caso escaló hasta la Corte Constitucional, que acaba de fallar a su favor. Por un lado, aseguró que su protesta, en condición de líder estudiantil, era un “llamado de atención a la señora rectora (…) sobre la forma como se estaba llevando la intervención efectuada por el Ministerio de Educación Nacional (…) en lo referente a los aspectos administrativos, financieros y reserva de la información de dicha intervención”. Además, indicó que no se le permitió defenderse y que cuando sucedieron los hechos fue el único sancionado.

La institución universitaria respondió que Sánchez ya había interpuesto otra tutela para controvertir la decisión que cancelarle la matrícula, que fueron negadas en dos instancias. Y que, por ello, no actuó de manera irregular ni le vulneró el derecho al debido proceso. La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, estimó que la Universidad sí afectó esos derechos al encontrar que técnicamente, al ser un “egresado no graduado” (ya había terminado los semestres), no estaba matriculado y no tenía porqué pagar derechos de matricula en 2018, ni hacer un registro de materias, por ejemplo.

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