Fallo obliga a parapolíticos a devolver lo que les dio el Estado

Un fallo del Juzgado 37 Administrativo de Bogotá ordena a excongresistas y a exgobernadores condenados por concierto para delinquir a devolver los salarios y el dinero que recibieron por reposición de votos. Los partidos que los avalaron tendrán que respaldar con su patrimonio. La tarea queda en manos del CNE y el Congreso.

Alexánder Marín Correa (jamarin@elespectador.com) / @alexmarin55
22 de febrero de 2018 - 12:00 p. m.
Archivo El Espectador.
Archivo El Espectador.

La sanción a los dirigentes que fueron protagonistas del oscuro episodio de la parapolítica en el país, por haber firmado pactos con las autodefensas para asegurar su triunfo en cargos de elección popular, no sólo es la prisión. Ahora también tendrán que responder con su patrimonio, como lo indica un reciente fallo del Juzgado 37 Administrativo de Bogotá, que ordena a los políticos condenados por concierto para delinquir a reintegrar los recursos que recibieron por reposición de votos y los salarios que devengaron en ejercicio de sus cargos.

Pero el fallo no se queda ahí. También les pasa cuenta de cobro a los partidos. Según el juez, por haberles dado el aval a los parapolíticos para participar en la contienda electoral y tendrán que meterse la mano al bolsillo y reintegrar parte de los dineros que recibieron en 2002 y 2006 del Fondo de Financiación de Campañas para su funcionamiento, ya que el cálculo en esa oportunidad se hizo teniendo en cuenta los votos y las curules de los congresistas condenados.

Para el togado, la forma como estos políticos se aliaron con los paramilitares fue una clara violación a la Constitución y todo un acto de corrupción, que les permitió obtener el aval de sus partidos, inscribirse como candidatos, salir electos y lucrarse de los beneficios salariales y las prestaciones como congresistas e, incluso, participar con los mismos procedimientos ilegales en las elecciones presidenciales. Por eso, considera, todo lo que recibieron producto de su arribo ilegal a los cargos de elección popular lo deben reintegrar al Estado.

La decisión involucra a casi 50 miembros que pertenecieron a partidos como Cambio Radical (11 condenados), Partido Liberal (10), Partido Conservador (6), Partido de la U (3), Colombia Democrática (4), Convergencia Ciudadana (4), Alas Equipo Colombia (3), Colombia Viva, Movimiento de Integración Popular y Movimiento Renovador de Acción Social. Algunos de éstos ya no existen.

Aunque no se tiene claro cuánto dinero se podría recuperar, sí se pueden tener algunas cifras que permiten hacerse a una idea. Por ejemplo, los políticos involucrados en este proceso obtuvieron alrededor de 2,2 millones de votos y si se multiplica esta cifra por $5.642, que es lo que este año se repondrá por cada sufragio, se estaría hablando de un monto cercano a los $12.500 millones. Y si a esto se suma que un congresista hoy devenga un salario de $29,8 millones mensuales y en promedio cada procesado estuvo al menos dos años en el Congreso, se estaría hablando de casi $30.000 millones por recuperar.

El proceso

El fallo de primera instancia es el resultado de dos acciones populares que se presentaron ante los juzgados administrativos de Bogotá en 2008 y que buscaban la protección de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público. En los recursos, los promotores de las acciones populares pidieron vincular al Consejo Nacional Electoral, el Fondo Nacional de Financiación de Partidos, a la Procuraduría, a la Registraduría, al Ministerio de Hacienda y a todos los partidos que avalaron congresistas condenados por parapolítica.

En ellos pedían al juez ordenar a todas estas entidades adelantar las acciones necesarias para lograr el reintegro de los dineros que les pagaron a los condenados y a sus partidos políticos por reposición de votos. En el caso particular de los sentenciados, pidieron que se les ordenara devolver cada peso recibido como factor salarial mientras ocuparon sus cargos como senadores, representantes a la Cámara, gobernadores, diputados, concejales y ediles, desde la misma génesis del paramilitarismo.

Luego de analizar las evidencias, el funcionario judicial accedió a la solicitud. “Tratándose de candidatos al Congreso que llegaron a dicha corporación en forma ilegal, a través del concierto para delinquir e incurriendo en conductas que implican constreñimiento al sufragante en general, se puede concluir que en este caso se violaron los derechos colectivos a la moralidad y al patrimonio público. Por esta razón, en aras de restablecer o restituir las cosas a su estado anterior, el despacho accederá parcialmente a las súplicas de la demanda”.

Algo que cuestionó el juez fue el hecho de que, a pesar de conocerse las condenas en contra de los parapolíticos, ni el Consejo Nacional Electoral (CNE) ni la Registraduría adelantaron acciones para buscar la recuperación de esos recursos girados a los sentenciados, omitieron sus deberes derivados de la gestión eficiente del erario. “Esto conlleva a una vulneración del derecho colectivo del patrimonio público, toda vez que estas entidades tenían la obligación de buscar la recuperación de esos dineros”, puntualiza.

Por eso en la decisión las órdenes están claras. Al CNE le pide buscar la forma para recuperar los recursos que se les giraron a los candidatos y a los partidos, tras las elecciones que ganaron con ayuda de los paramilitares. “La devolución comprenderá lo percibido mediante el sistema de reposición de votos -al valor de lo que fijó el CNE en 2018 paras las elecciones al Congreso ($5.642 por voto)- y lo percibido por financiación anual al partido, para lo cual se tendrán en cuenta las certificaciones expedidas por la misma corporación”.

De igual forma, ordena al Congreso de la República iniciar los procesos para que los sentenciados devuelvan el dinero que recibieron como salario. “Debe buscar la restitución de los recursos por todo concepto (salarial o prestacional) que haya recibido el congresista condenado, desde el momento de su posesión hasta su retiro, incluyendo las sumas pagadas para el sistema general de salud y el sistema general de pensiones”, indica el juez Ómar Borja Soto, quien firma la decisión.

Sobre el papel de los partidos políticos, agregó que también son responsables por el aval otorgado, pues la participación de los candidatos se deriva de pertenecer a un partido específico. Por esta razón, la sanción es la devolución de los recursos públicos percibidos mediante el sistema de reposición de votos.

Frente a este fallo, las opiniones son variadas. Analistas como León Valencia, quien se ha destacado por sus investigaciones sobre parapolítica, calificó el fallo como “audaz” y al cual le encuentra sustento jurídico en tanto que curules a las que se hicieron los parapolíticos fueron fraudulentas. “Se las ganaron mediante un fraude, que es llevar electores a votar bajo presión o mediante dineros ilegales. La decisión es de una lógica enorme si se considera desde el punto de vista de cómo fue adquirida la curul”.

En el mismo sentido, Camilo González Posso, presidente del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz), calificó el fallo como coherente y respaldó que la sanción también abarque a los partidos políticos. “Si una persona ha obtenido de manera ilícita unos ingresos debe devolverlos, en este caso al erario, porque son bienes públicos y debe retornarlos dado que su origen es fraudulento. Los partidos también deben responder por sus actos y por los avales que dan, no puedan terminar beneficiándose de prácticas ilegales”, aseguró González.

Fuentes del Partido Liberal, consultadas por El Espectador, aseguraron que la colectividad “se atiene a lo que determine la ley y se declara respetuosa de los fallos judiciales”. Por su parte, Jorge Enrique Vélez, director de Cambio Radical, uno de los que más condenados tiene en la lista, se abstuvo de hacer declaraciones sin conocer el contenido de la decisión: “No puedo emitir ninguna opinión. Quisiera mirar el fallo con mucho cuidado con los abogados”, dijo.

En principio, los afectados son senadores, representantes a la Cámara y gobernadores que, justo después del conocido el “Pacto de Ralito”, aprovecharon toda la maquinaria criminal de los paramilitares que operaba a lo largo y ancho del país para constreñir electores y de esta forma asegurar su llegada al cargo. No obstante, la decisión sienta un precedente jurisprudencial que bien podría aplicarse a los otros políticos condenados, como diputados, concejales y ediles, que llegaron a cargos de elección popular con el respaldo de grupos armados ilegales.

De hecho, la decisión va más allá de los nombres que aparecen relacionados en la decisión. El funcionario judicial emite un parágrafo en el que les especifica tanto al CNE como al Congreso que el mismo proceso los debe hacer con todos los congresistas condenados por concierto para delinquir con posterioridad a la presentación de la acción popular, es decir, después de 2008.

Para verificar el cumplimiento de esta sentencia, el juez ordenó la creación de un comité integrado por el juez, un delegado del Consejo Nacional Electoral, un delegado del Congreso de la República, un delegado de la Procuraduría, un delegado de la Registraduría y otro de la Defensoría del Pueblo.

La decisión ya fue notificada e, incluso, el Consejo Nacional Electoral pidió una aclaración sobre aspectos del fallo que no están claros, como qué hacer con los partidos que dejaron de existir. No obstante, al ser un fallo de primera instancia y teniendo en cuenta la resistencia de los partidos y de los propios parapolíticos, este fallo podrá ser apelado para que lo estudie el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

 

 

 

 

 

Por Alexánder Marín Correa (jamarin@elespectador.com) / @alexmarin55

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