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Es importante mencionar que la recomendación del Ministerio de Salud es que quien presente síntomas de gripa o resfriado se aísle voluntariamente y use tapabocas para reducir el contagio.
Óscar Pérez
En ese sentido, el uso obligatorio del tapabocas en espacios cerrados ha sido la última medida que se ha derogado para los municipios que tengan un 70 % su población con el esquema de vacunación completo y 40 % con la dosis de refuerzo.
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La evolución de la situación epidemiológica en la capital del país, han permitido el levantamiento de las medidas de bioseguridad en Bogotá.
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Según cifras de la Secretaría de Salud, en el Distrito los mayores de 12 años ya están vacunados en un 98 %, mientras que los menores de 12 años se acercan al 75 %.
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De esta manera, a través del Decreto 173 del 29 de abril de 2022, con el cual se elimina el uso obligatorio del tapabocas en espacios cerrados de la ciudad, y se establecieron otras medidas de protección para poblaciones que son vulnerables al COVID-19, y otras enfermedades respiratorias.
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Los sitios donde se continuará exigiendo uso de tapabocas en espacio cerrados serán los servicios de salud, hogares geriátricos y transporte de personas en todas sus modalidades.
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Por su parte, la mascarilla será requerida en las instituciones educativas hasta el próximo 15 de mayo, para entonces también se eliminará esta medida en los colegios y universidades.
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Cabe destacar que no se exigirá carnet de vacunación para entrar a eventos públicos desde el 1 de mayo tampoco.
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Aunque el presidente Duque afirmó que la emergencia sanitaria se extenderá por dos meses más, es decir, del 1 de mayo al 30 de junio, varias medidas de bioseguridad dejarán de aplicar.
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En general, en las calles bogotanas se evidenció como las personas transitan de manera relajada sin ningún tipo de protección en sus vías respiratorias.
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Desde el 1 de mayo los colombianos tienen la potestad de decidir si quieren o no seguir usando el tapabocas en los espacios abiertos, luego de más de dos años de uso obligatorio.
Recordemos que esta medida aplica en todo el territorio nacional; sin embargo, la exoneración del uso en espacios cerrado únicamente aplica para aquellas ciudades y municipios en donde se ha alcanzado el 70 % de su población con esquema completo y el 40 % con dosis de refuerzo.
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Por Redacción Bogotá
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