Juez ordena a embarazada con VIH someterse a tratamiento urgente
La señora es madre de una menor que también es portadora del virus.
El Espectador
Por una tutela presentada por el personero de Bogotá, Ricardo María Cañón Prieto, para proteger a una menor de edad y a su hermano que está por nacer, el Juez Doce Civil del Circuito de Bogotá ordenó a los padres, de manera inmediata, a que inicien tratamiento para evitar que se trasmita el virus del VIH a su hijo que está por nacer.
Ambos padres están diagnosticados con VIH, razón por la cual transmitieron la infección a su primera hija, situación que se habría podio evitar si ellos se hubieran sometido a los tratamientos adecuados. Ahora, que la pareja ha decidido tener otro hijo, se han resistido sistemáticamente a los tratamientos que pueden evitar que se trasmita el virus a su nuevo hijo y además no han querido presentar a su primera hija a los tratamientos ordenados.
Por esta razón el personero de Bogotá interpuso acción de tutela en contra los padres, pues con su actitud estaban poniendo en riesgo la vida y la salud de su hija de dos años y del menor que está a pocos meses de nacer.
Pronunciada la sentencia, la Personería verificó, con el Grupo de Investigación de enfermedades infecciosas del Hospital Universitario San Ignacio, que suministra el programa VIH-SIDA al que se deben someter los padres y la menor, que, en coordinación con la EPS Famisanar, ya se inició la aplicación del programa y ya se ha convenido con los padres la atención domiciliaria que asegure la protección de los niños.
Por una tutela presentada por el personero de Bogotá, Ricardo María Cañón Prieto, para proteger a una menor de edad y a su hermano que está por nacer, el Juez Doce Civil del Circuito de Bogotá ordenó a los padres, de manera inmediata, a que inicien tratamiento para evitar que se trasmita el virus del VIH a su hijo que está por nacer.
Ambos padres están diagnosticados con VIH, razón por la cual transmitieron la infección a su primera hija, situación que se habría podio evitar si ellos se hubieran sometido a los tratamientos adecuados. Ahora, que la pareja ha decidido tener otro hijo, se han resistido sistemáticamente a los tratamientos que pueden evitar que se trasmita el virus a su nuevo hijo y además no han querido presentar a su primera hija a los tratamientos ordenados.
Por esta razón el personero de Bogotá interpuso acción de tutela en contra los padres, pues con su actitud estaban poniendo en riesgo la vida y la salud de su hija de dos años y del menor que está a pocos meses de nacer.
Pronunciada la sentencia, la Personería verificó, con el Grupo de Investigación de enfermedades infecciosas del Hospital Universitario San Ignacio, que suministra el programa VIH-SIDA al que se deben someter los padres y la menor, que, en coordinación con la EPS Famisanar, ya se inició la aplicación del programa y ya se ha convenido con los padres la atención domiciliaria que asegure la protección de los niños.