“¿Pasa algo?”, le preguntó Johana Milena Ospina Torres al funcionario de Migración Colombia, en el aeropuerto El Dorado. “Sí. En su contra hay una orden de captura por secuestro extorsivo”, le respondió. Eran las 2:00 p.m. del sábado 27 de mayo y estaba a punto de abordar un vuelo a Curazao, donde tenía previsto celebrar su despedida de soltera, en compañía de siete amigas. Desde ese momento la ingeniera civil de 36 años, quien trabaja en una firma constructora, inició un drama que se prolongó por 11 días. Durante este tiempo estuvo privada de su libertad en Unidades de Reacción Inmediata (URI), pasó varias noches en una estación de Policía y fue acogida por las internas de la cárcel El Buen Pastor. Se trató de un error: el tener el mismo nombre de una guerrillera del Eln, buscada por la justicia, le hizo pasar el trago más amargo de su vida.
Johana Milena se despidió de sus amigas y les prometió que se encontraría con ellas en la isla. Pero de una oficina pasó a otra hasta que la Policía, al verla y al repetir su nombre, le dijo que seguramente se trataba de una homónima, porque “no tenía el perfil”. Los uniformados, sin embargo, le aseguraron que tenían la obligación de impedir que abordara el vuelo y llevarla ante la autoridad competente. Fueron hasta el Comando de la Policía Metropolitana, en el centro de la ciudad, y el patrullero que la acompañaba le dijo: “Me toca capturarla”.
Se trasladaron al Complejo Judicial de Paloquemao y después a la URI de Engativá. En cada lugar al que llegaba le decían que no podían tramitar su caso, porque quien había proferido la orden de captura había sido un juez de Medellín. Iban camino al búnker de la Fiscalía, en donde el uniformado esperaba que aceptaran el caso, cuando recibió una llamada y se dirigieron a la estación de Policía del aeropuerto. “Me dicen que ahí voy a pasar la noche y el puente festivo, porque sólo hasta el martes podrían contactar a alguien en el juzgado de Medellín”.
Llegada a El Buen Pastor
Al día siguiente, tras dormir en el suelo y con los pocos objetos de primera necesidad que les llevaron sus familiares, le notificaron que había llegado un documento que reiteraba la orden de captura.
Mientras en el expediente de las autoridades no se especificaba su número de cédula y la denuncia estaba interpuesta contra una mujer llamada Johana Milena Ospina (sin segundo apellido), para su sorpresa en la orden de captura sí aparecía su nombre completo y su mismo número de cédula. Sin embargo, los nombres de sus padres no coincidían.
A pesar de que ella insistió que ahí había un error y que incluso hacía menos de seis meses había salido del país sin problema, los uniformados le dijeron que esa situación sólo la podía solucionar un juez. Aun así, invocó el Hábeas Corpus y el martes 30 de mayo le notificaron que ese recurso no procedía.
Pasaron dos días más de negativas. El jueves 1° de junio le dijeron que tomara sus cosas porque la iban a trasladar a la cárcel de El Buen Pastor. “Me llevé una imagen impresionante. Sólo veía la ropa de las internas colgada y las manos que salían de huecos en las paredes”. Percibió miradas que, en principio, le parecieron inquisidoras. Trató de no llorar. Fue ubicada en un primer patio y un grupo de mujeres la rodearon y le ofrecieron su apoyo al ver su rostro de tristeza.
Posteriormente fue trasladada a la celda 93, la que debía compartir con una ciudadana mexicana, de 26 años, quien está condenada a 10 años de prisión por lavado de activos. “Si necesitaba un vaso o una cuchara, siempre me ayudaba. No dejó de darme ánimos para salir adelante”. Y reflexiona sobre la situación de las detenidas que conoció: “Son personas buenas, que cometieron un error. Puede haber 10 o 100 personas en mi misma situación, que son inocentes y no tienen los medios para conseguir a un abogado o su familia no vive acá. Hay gente que lleva meses o años esperando a que se haga justicia”. Afuera, su familia y su novio libraban una guerra de trámites para demostrar que se trataba de una falla judicial.
A pesar de que la boleta de libertad la expidieron el mismo día en el que ella llegó a la cárcel, luego de que el juez de Medellín admitiera que se había presentado un error, sólo recobró su libertad hasta el pasado martes, a las 4:00 p.m.
Derecho al “Hábeas Corpus”
La abogada Olga Patricia Sánchez, del Proyecto Inocencia de la Universidad Manuel Beltrán, asegura que en estos casos los ciudadanos que no han cometido ningún delito tienen el derecho de invocar el Hábeas Corpus, para que su situación le sea resuelta en un máximo de 36 horas. “Siempre que se captura a una persona es obligación de las autoridades judiciales verificar a quién corresponden las huellas, las cuales se deben cotejar con la Registraduría. Es muy frecuente que el responsable de un delito se identifique con el nombre de otra persona y, a veces, se sabe su número de cédula. En algunos casos, la autoridad judicial no cumple con ese deber de verificar que el nombre de esa persona corresponde con las huellas”.
Por otra parte, para el jurista Fabio Humar, miembro de Vega y Asociados, la persona afectada tiene derecho a reclamar por los perjuicios causados a través de la tutela e iniciar una acción de reparación en contra del Estado. “Debe tenerse en cuenta el daño moral y económico, cuyos lineamientos están fijados por la ley y la jurisprudencia. Por errores como esos, cometidos por la justicia penal, contra el Estado hay multimillonarias demandas”.
A pesar de que para la justicia Johana Milena fue confundida con una homónima y anuló la orden de captura que pesaba en su contra, ella seguirá vinculada al proceso penal y deberá demostrar ante los jueces que ella no es la guerrillera que busca la justicia.