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Una nueva alerta hizo la Secretaría de Salud de Bogotá con respecto a la cobertura del servicio en la capital. De acuerdo con la entidad, más de 30.000 habitantes de la capital no están afiliados al régimen subsidiado de salud, y de estos, la gran mayoría están concentrados en las localidades de Suba, Ciudad Bolívar, Kénnedy, Usme y San Cristóbal.
Según Luis Felipe Martínez, director de Aseguramiento de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, en muchos de los casos “hay una creencia de que si están vinculados tienen menos beneficios, lo cual no es cierto. SI usted está afiliado (al régimen subsidiado) tiene gratuidad en los niveles uno y dos, así como las poblaciones de 0 a 5 años y mayores de 65 años”.
Por eso, la Secretaría ha habilitado en troncales de Transmilenio, Cades, superCades y ferias de salud campañas de promoción sobre las ventajas de afiliarse al régimen subsidiado de salud y así orientar a los usuarios en el proceso de afiliación en las EPS habilitadas. Además, según Martínez, “Se han utilizado diferentes medios para encontrar a estas personas. Uno de ellos es enviando mensajes de texto a los celulares registrados en la Secretaria, para que las personas acudan a las entidades prestación de servicio para hacer la afiliación”.
En el país existen dos tipos de regímenes en salud. Está el contributivo, al que se encuentran afiliadas las personas con capacidad de pago, ya sea porque son empleados, trabajadores independientes o pensionados.
También está el régimen subsidiado, dentro del cual se encuentra a la población sin capacidad de pago y que han sido identificadas por el Sisben como población vulnerable y pobre. Estas pueden acceder a los subsidios del Gobierno, que paga parcial o totalmente la cotización de estas personas a una administradora del régimen subsidiado (ARS).
La afiliación pueden hacerla las personas que hayan sido encuestadas por el Sisben y tengan un puntaje menor a 54.86, es decir que estén clasificadas en el nivel 1. Si la persona no realiza la afiliación, por lo contemplado en el decreto 780, el ente territorial, en este caso el distrito puede realizar una afiliación de oficio al régimen subsidiado, pero luego, la persona tiene la libertad de afiliarse a la EPS que determine.