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                                                                                                                              Niegan demanda que pretendía tumbar vigencias futuras del metro de Bogotá

                                                                                                                              El recurso, interpuesto por el concejal Hollman Morris, buscaba declarar la caducidad de las vigencias por $6 billones que el Concejo autorizó al Distrito por considerar que el 15 % de esa plata no fue ejecutada en 2017.

                                                                                                                              -Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com

                                                                                                                              Alcaldía de Bogotá.

                                                                                                                              En un fallo emitido este jueves 25 de abril, el Juzgado 16 administrativo de Bogotá negó las pretensiones de una demanda que buscaba que las vigencias futuras que el Concejo le autorizó al Distrito en 2017 por $6 billones, para la construcción del metro elevado, fueran declaradas caducas por no haberse ejecutado ese año.

                                                                                                                              >>>Lea también: Juez determinó que vigencias futuras excepcionales del metro fueron legales

                                                                                                                              En la determinación, la jueza rechazó los argumentos del concejal Hollman Morris (Progresistas) que reclamaba que ese dinero, que se compromete con recursos futuros, no fue ejecutado antes de concluir 2017, tal como lo ordena la norma, lo que implicaría una nueva solicitud ante el cabildo distrital.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En respuesta, el Distrito respondió que esos recursos sí se comprometieron a través de la suscripción del convenio de confinación el 9 de noviembre de 2017 entre Distrito y Nación, quienes deben aportar respectivamente el 30 % y el 70 % de los dineros para la construcción de la obra.

                                                                                                                              La juez acogió los argumentos de la administración y señaló que, si bien en tal convenio quedaron especificadas las reglas bajo las cuales las partes harán los aportes a un encargo fiduciario, no se contempló la ejecución del total los recursos, los cuales serán ejecutados cuando sea adjudicado el contrato para la construcción de un metro elevado, tarea que el Distrito prevé cumplir el octubre próximo.

                                                                                                                              “Con el giro de los mentados recursos a la cuenta especial quedarían ejecutados y disponibles para cumplir con las finalidades del convenio”, concluyó el Juzgado 16 administrativo.

                                                                                                                              El fallo de la juez podrá ser apelado en segunda instancia ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                               

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                                                                                                                              Alcaldía de Bogotá.

                                                                                                                              En un fallo emitido este jueves 25 de abril, el Juzgado 16 administrativo de Bogotá negó las pretensiones de una demanda que buscaba que las vigencias futuras que el Concejo le autorizó al Distrito en 2017 por $6 billones, para la construcción del metro elevado, fueran declaradas caducas por no haberse ejecutado ese año.

                                                                                                                              >>>Lea también: Juez determinó que vigencias futuras excepcionales del metro fueron legales

                                                                                                                              En la determinación, la jueza rechazó los argumentos del concejal Hollman Morris (Progresistas) que reclamaba que ese dinero, que se compromete con recursos futuros, no fue ejecutado antes de concluir 2017, tal como lo ordena la norma, lo que implicaría una nueva solicitud ante el cabildo distrital.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En respuesta, el Distrito respondió que esos recursos sí se comprometieron a través de la suscripción del convenio de confinación el 9 de noviembre de 2017 entre Distrito y Nación, quienes deben aportar respectivamente el 30 % y el 70 % de los dineros para la construcción de la obra.

                                                                                                                              La juez acogió los argumentos de la administración y señaló que, si bien en tal convenio quedaron especificadas las reglas bajo las cuales las partes harán los aportes a un encargo fiduciario, no se contempló la ejecución del total los recursos, los cuales serán ejecutados cuando sea adjudicado el contrato para la construcción de un metro elevado, tarea que el Distrito prevé cumplir el octubre próximo.

                                                                                                                              “Con el giro de los mentados recursos a la cuenta especial quedarían ejecutados y disponibles para cumplir con las finalidades del convenio”, concluyó el Juzgado 16 administrativo.

                                                                                                                              El fallo de la juez podrá ser apelado en segunda instancia ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                               

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