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La Procuraduría, a través de la Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, envió el pasado 7 de noviembre un exhorto al superintendente de servicios públicos, a la Secretaría Distrital del Hábitat y al director de la UAESP. Les pidió emprender acciones concretas: coordinación institucional, fortalecimiento de supervisión y seguimiento, programación presupuestal, revisión de instrumentos de planeación, pedagogía ciudadana, estrategias de atención en todo el distrito y mecanismos de transición.
La UAESP respondió con rapidez asegurando que ya adelanta acciones para una transición ordenada y sin afectaciones al servicio. Menciona, entre ellas: (i) fortalecimiento y actualización del PGIRS; (ii) garantizar el balance entre subsidios y contribuciones para la sostenibilidad del servicio a estratos 1, 2 y 3; (iii) coordinación con la SSPD para reforzar inspección, vigilancia y control sobre los prestadores; y (iv) activación de mecanismos de contingencia, cuando sea necesario, ante posibles alertas de pérdida de cobertura.
Sin embargo, una lectura detenida y experta revela que se trata más de generalidades que de respuestas técnicas y concretas. Para empezar, el PGIRS no define ni condiciona el tipo de esquema —competitivo o de áreas de servicio exclusivo— bajo el cual se presta el servicio. El balance entre subsidios y contribuciones opera exactamente igual en cualquiera de los dos modelos. Y la mención a la coordinación con la SSPD sobre “prestadores habilitados” desconoce que nadie “habilita” prestadores en este sector y que las funciones de la Superintendencia son permanentes, constitucionales y aplican en cualquier esquema.
La activación de “mecanismos de contingencia” suena bien en el papel, pero la UAESP no explica cuáles son, cómo se financiarán, ni cómo ejecutará el Distrito la prestación directa en las zonas donde haya pérdida de cobertura. Una vez más: generalidades.
La respuesta empeora cuando la UAESP insiste en que el Distrito mantendrá la decisión de solicitar un nuevo modelo de ASE (Áreas de Servicio Exclusivo) porque —según dice— “constituye el esquema más adecuado para la ciudad”. La afirmación es jurídicamente errada. La creación de ASE no depende del deseo del alcalde ni de la UAESP, sino del cumplimiento de los criterios legales que la CRA debe evaluar y verificar: que sea la única manera de ampliar la cobertura a usuarios de menores ingresos que hoy no la tienen. Si la cobertura, llegado el mes de febrero de 2026, es del 100 %, no habrá posibilidad legal de establecer ASE.
Desconozco si el procurador delegado Arrieta Buelvas tenga información adicional -que debe ser pública- que le permita estar tranquilo respecto a la preparación del Distrito. Pero con base en lo que dice la misiva de la UAESP, no debería estarlo. Mucho menos cuando aún no se conoce cómo enfrentará el Distrito los efectos contractuales que el cambio de esquema traerá para el operador del relleno sanitario Doña Juana y para el contratista de la propia UAESP. Aspecto, sobre el cual omite indagar la Procuraduría.
La libre competencia en el mercado para prestar el servicio de aseo no se improvisa. Y, por ahora, a tres meses de entrar el nuevo esquema, la respuesta de la UAESP parece más una declaración de intenciones que una hoja de ruta real, acompañada al parecer ingenuamente por el Ministerio Público.
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