Kooby Duarte cumpliría 24 años el 3 de noviembre, de no ser por la bala que una patrullera de la policía le disparó por la espalda y que segó su vida, la noche del 19 de julio de 2022. Alrededor del caso que, en principio lo asumió la justicia penal militar, al considerarlo un acto del servicio, se planteó un conflicto de jurisdicción, cuando la familia pidió intervención de la justicia ordinaria.
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El dilema llegó a la Corte Constitucional que, luego de analizar los detalles del choque entre el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá y el Juzgado 1702 Penal Militar, les dio la razón a los parientes de la víctima. Para los magistrados no existía certeza sobre una relación entre el disparo y el servicio policivo que prestaba la patrullera al accionar su arma.
Con la decisión, no solo el proceso pasó a manos de un juez del circuito, sino que deja sin piso el acuerdo al que había llegado la uniformada con la justicia castrense para purgar una pena de seis años. El cambio ya se hizo efectivo y la primera audiencia se celebró el pasado 21 de octubre, donde la joven patrullera, de 25 años, enfrenta cargos por homicidio. Esto marca un nuevo comienzo en el esfuerzo de llegar a la verdad, dejando tres años y medio de dilaciones reiteradas, peticiones y tutelas. ¿Cuáles son las cartas sobre la mesa?
¿Qué generó dudas a la Corte?
Esta historia comienza con una llamada a la línea 123, en la noche del 19 de julio de 2022, sobre el hurto de una moto en la avenida Caracas. Un ciudadano dijo haber visto a dos hombres, uno de ellos en muletas, montarla a un vehículo. El llamado lo atendió una patrulla del cuadrante 12, del CAI Galerías, que integraban los patrulleros Jorge Enrique Castro Tocanchón y Carolahyn Tatiana Badillo.
En este punto es que el caso se empieza a estudiar con lupa, pues producto de la reacción oficial fue que resultó muerto Duarte, al ser confundido con uno de los ladrones. De la víctima, su familia siempre ha dicho que nunca fue delincuente y que aquella noche acababa de salir de estudiar, en Teusaquillo.
Evaluando los detalles, fotografías e informes periciales, la Corte tomó la decisión, haciendo hincapié en tres aspectos, que alimentan la duda sobre lo que pasó esa noche. El primero, la falta de claridad sobre lo que encontró la patrulla: el reporte de la patrullera mencionó la presencia de “dos motocicletas con sus conductores”. Otros, solo “una moto, con placa oculta, haciendo maniobras arriesgadas”. Sobre esto, la familia de Kooby ha resaltado el deporte que practicaba el joven, el stunt, que consiste en maniobrar con motocicletas.
Segundo, el denunciante del robo afirmó que eran dos sujetos involucrados (uno de ellos en muletas), que huyeron en un carro luego de guardar la moto en el baúl, algo que constataron las cámaras de seguridad, lo cual refuerza la tesis de que Duarte nada tenía que ver en el robo. Y tercero, aunque el informe inicial hablaba de un “intercambio de disparos”, la Fiscalía Penal Militar estableció que Duarte Forero no estaba armado ni representaba peligro, lo que acrecienta las dudas sobre la proporcionalidad del uso de la fuerza.
Pero quizá la prueba más contundente la arroja el informe de balística y las grabaciones de la inspección, a las que tuvo acceso El Espectador, donde no solo se establece la trayectoria de los dos proyectiles que impactaron en la espalda del joven (uno de ellos leal), sino la distancia a la que los dispararon. Badillo Rojas, dice el informe, disparó su arma de dotación (una SIG Sauer, calibre 9 mm Parabellum), a una distancia de escasos 69 centímetros. El proyectil ingresó por la región posterior izquierda del tórax de Duarte Forero y salió por el frente.
A pesar de estas evidencias, reconoce el Tribunal, aún quedan vacíos sin aclarar. Como el que Kooby, según testimonios que sí coinciden, habría tomado la carrera 15 en contravía, en la persecución, esquivando incluso otra moto de las autoridades. La patrullera afirmó que disparó en defensa de unos compañeros que acababan de caerse de la moto. Aunque no se sabe por qué el joven intentó escapar, es claro que la acción de la uniformada, a los ojos de la justicia, fue desproporcionada.
Con este análisis, la Corte consideró que la patrullera Badillo Rojas “sabía que no podía disparar su arma si no se encontraba en peligro inminente para su vida y la de terceros. Por esto, y como policía y servidora pública, le correspondía no accionar el arma en contra de un ciudadano, que no representaba ningún peligro, ni estaba armado”.
Conflicto de jurisdicciones
Los delitos que inicialmente enfrentaba la patrullera, ante la justicia ordinaria, fue homicidio agravado, proceso en el que también compareció Castro Tocanchón, quien manejaba la moto desde la cual accionó su arma de dotación. Luego, en noviembre de 2023, cuando el caso se remitió a la justicia penal militar, la imputación fue por homicidio simple y a Tocanchón lo apartaron de la investigación, al no considerarlo penalmente responsable.
En ese contexto, el 9 de agosto de 2024, la Fiscalía Penal Militar y la patrullera Badillo Rojas suscribieron un preacuerdo, en la que ella se declaró responsable por el cargo de homicidio, para disminuir la pena, “al readecuar la conducta de dolo eventual a culpa con representación, con lo que la pena quedaba en 72 meses de prisión”, resumió la Corte. Así, el delito pasó de homicidio agravado a culposo, hasta que el máximo tribunal resolvió el conflicto de jurisdicción.
Rubén Darío Avellaneda, representante de la familia de Kooby, recordó que desde 2022 se registra “una ardua batalla judicial” con múltiples actuaciones. Sobre lo que viene, dijo: “Ya se programaron audiencias de acusación, pero no se han realizado debido a varios aplazamientos solicitados por la defensa de Badillo Rojas. El 20 de octubre presentó una nueva solicitud. La jueza aceptó la petición y reprogramó la diligencia para el próximo año, la cual podría ser de preacuerdo o de acusación”.
Bibiana Forero, mamá de Kooby, quien espera justicia, reaccionó así a la última audiencia: “en la audiencia, el proceso se retomó y se revivieron recuerdos de cómo asesinaron a Kooby, lo cual fue revictimizante. La jueza expuso la situación y el abogado de la patrullera solicitó que lo atendiera la Fiscalía para llegar a un preacuerdo antes de la formulación de la acusación. Es increíble la dilatación de un caso tan grave”.
Agregó que pidió a la Procuraduría ejercer vigilancia sobre el proceso, ante lo que calificó como “diferentes actividades dilatorias de la defensa y de la justicia penal militar, que se involucró sin tener derecho al mismo”. “Gracias a Dios ya vamos en camino, y esperamos que todo salga bien en favor de las víctimas y se haga justicia para Kooby Bray Duarte Forero, que en paz descanse.”, concluyó.
Un fallo relevante
La motocicleta de Kooby Bray Duarte Forero fue entregada al autódromo de Tocancipá. Bibiana Forero, su madre, donó el vehículo para que corriera en las siguientes competencias con el número con el que su hijo compitió en cientos de carreras: el XX. Será una pieza que, para sus allegados, se alza como el recuerdo de que él no era ningún ladrón.
De acuerdo con el informe “Bolillo, Dios y Patria II” de la organización Temblores ONG, entre 2020 y 2022, la Fiscalía abrió solo 45 procesos penales por hechos de violencia homicida presuntamente cometidos por miembros de la Policía Nacional, pese a que Medicina Legal reportó 352 casos de muertes, en los que estarían involucrados uniformados durante ese mismo periodo. De esos 45 expedientes, el 75,6 % se investigan como homicidio simple; el 17,8 % como homicidio agravado, y el 2,2 % en cada una de las siguientes categorías: feminicidio, homicidio preterintencional y homicidio culposo agravado.
El informe agrega que, a corte del 19 de julio de 2023, las investigaciones apenas mostraban avances: solo el 11,1 % habían llegado a imputación formal ante un juez, el 6,7 % contaban con acusación, y ninguna había alcanzado sentencia ejecutoriada. En consecuencia, el 88,9 % restante permanece en la impunidad.
El caso de Kooby Bray Duarte Forero se inscribe dentro de ese panorama de violencia policial sin resolución judicial. Pese a que la Corte Constitucional ordenó que el proceso regresara a la jurisdicción ordinaria tras determinar que no existía un vínculo directo entre el disparo y el servicio policial, el expediente ha enfrentado aplazamientos, cambios de competencia y un preacuerdo anulado.
Lo más triste es que la audiencia se reprograma nuevamente para enero o febrero de 2026, mientras ellos, después de haber asesinado a mi hijo, pueden continuar con sus vidas y compartir festividades con sus familias, y yo debo vivir con la ausencia de un hijo que nunca volverá
Mamá de Kooby.
En un contexto donde tres de cada cuatro investigaciones por muertes atribuidas a policías se tramitan como homicidios simples y ninguna ha terminado en condena, el fallo del caso Kooby no solo tiene relevancia individual, sino que representa la urgencia de romper con la impunidad en casos de violencia policial y garantizar justicia efectiva para las víctimas.
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