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¿Pueden las ambulancias circular por carriles de TM? Esto dicen las autoridades

En lo corrido de 2024 la policía nacional ha impuesto 66 comparendos a ambulancias que han invadido el carril de Transmilenio irregularmente.

Redacción Bogotá
11 de octubre de 2024 - 07:00 p. m.
La multa por invadir el carril preferencial es de 572.000 pesos y sanciones de tipo disciplinario y pedagógico.
La multa por invadir el carril preferencial es de 572.000 pesos y sanciones de tipo disciplinario y pedagógico.
Foto: Policía N
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La Policía Metropolitana ha reforzado los operativos de control en los carriles exclusivos de TransMilenio, con el objetivo de sancionar a los conductores que utilizan estas vías sin autorización, lo que ha generado demoras en el servicio y ha incrementado el riesgo de accidentes. A estas sanciones no escapan ni siquiera las ambulancias, cuyos conductores también han incurrido en esta falta.

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Durante 2024, las autoridades han emitido 66 comparendos a ambulancias que invadieron estas calzadas de manera irregular. Según el balance, quienes incurren en esta infracción, además de poner en peligro a los usuarios del sistema, enfrentan multas de 572.000 pesos y sanciones disciplinarias y pedagógicas.

Por lo tanto, las autoridades son enfáticas en resaltar que los carriles de Transmilenio son de uso exclusivo para los buses articulados, y para otros automores de la fuerza pública previamente autorizados. De tal modo que las ambulancias deberán circular por la calzada del tráfico mixto, al igual que los demás vehículos.

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Las cifras de este año señalan que en los carriles exclusivos se han registrado 20 accidentes, con un saldo de 40 personas heridas y tres fallecidas. Las autoridades hacen un llamado a respetar estas vías para evitar más incidentes y mejorar la seguridad vial en la ciudad.

Multas de tránsito más frecuentes en Bogotá:

En un informe presentado por la Secretaría de Movilidad. En el año 2023, las multas más frecuentes que se pusieron en la capital fueron las siguientes:

  • Conducir sin licencia: Guiar un vehículo sin la licencia de conducción correspondiente acarrea una multa de $1.144.927 y la inmovilización del vehículo hasta que sea retirado por una persona autorizada con licencia válida.
  • Revisión técnico-mecánica: El no tener la revisión técnico-mecánica al día, dentro del plazo legal establecido, o llegar a manejar vehículos que no cumplan con esas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, es otra de las comunes infracciones cometidas. Esta infracción no solo implica una multa de $572.625, sino también la inmovilización del vehículo.
  • Estacionamiento en sitios prohibidos: Aparcar en lugares no autorizados es una infracción sancionada con una multa de $572.625. Esta práctica, frecuente en áreas congestionadas de la ciudad, agrava los problemas de movilidad.
  • Transitar por sitios restringidos: Circular por áreas o en horarios restringidos por la autoridad competente también resulta en multas de $572.625 y la inmovilización del vehículo. Esta medida busca controlar el tráfico en zonas de alta congestión.
  • Normas para motociclistas: Conducir motocicletas sin observar las normas establecidas en el código de tránsito conlleva sanciones de $572.625. Las motocicletas son un medio de transporte común en Bogotá, pero también son protagonistas en muchas infracciones.
  • Falta de seguros: Conducir sin los seguros obligatorios también resulta en una multa de $1.144.927 y la inmovilización del vehículo. Los seguros son esenciales para cubrir cualquier eventualidad en las vías.
  • Desobediencia a agentes de tránsito: Evadir lo dicho por las señales de tránsito o requerimientos de los agentes de tránsito es sancionado con $572.625. El respeto a la autoridad de tránsito es crucial para mantener el orden en las vías.
  • Infracciones de peatones y ciclistas: No cumplir con las disposiciones del código de tránsito conlleva una multa de $190.000 para peatones y ciclistas. Su comportamiento es igualmente importante para la seguridad vial.
  • Prioridad a peatones: No ceder el paso a peatones en los cruces establecidos o no darles prioridad en las franjas peatonales se penaliza con $572.625. La seguridad de los peatones es una prioridad en la regulación del tránsito.
  • Exceso de velocidad: Conducir a velocidades superiores a las permitidas es una de las infracciones más recurrentes. En la capital, el límite máximo es de 50 km/h en los principales corredores viales y 30 km/h en zonas escolares y residenciales. La multa por esta infracción es de $572.625, equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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